Con la aprobación del dictamen se modificó el artículo 12 de la Ley Municipal para referir que los presidentes de comunidad tendrán calidad de “munícipes”, es decir, “primer vecino de un Municipio”.


Por mayoría de votos la LXII Legislatura rechazó la propuesta del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD) de devolver a los presidentes de comunidad el voto en los cabildos municipales.

Este jueves a la oposición en el Congreso del Estado no le alcanzó el apoyo para restablecer ese derecho en los cabildos que, según los perredistas, es sinónimo de democracia y faculta a los presidentes municipales a defender el presupuesto para su comunidad.

La Comisión de Puntos Constitucionales analizó la propuesta presentada por el diputado Cesar Fredy Cuatecontzi Cuatle (PRD) por la que se pretendía restituir el voto. Sin embargo esta resolvió que, a partir de las reformas de 1984, los presidentes municipales “cometieron excesos” y mal desempeño de sus funciones, además de que las presidencias son órganos descentralizados pero subordinados administrativamente al ayuntamiento.

Los votos del PRI, Panal, PVEM, PS y un grupo parlamentario panista dividido, fueron suficientes para que, con 14 votos a favor del dictamen presentado por la Comisión de Puntos Constitucionales, lograran echar atrás la pretensión perredista de modificar las disposiciones de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala.

En tribuna los diputados Alberto Amaro Corona (PRD) y Héctor Ortiz Ortiz (PAC) criticaron el dictamen señalando que los presidentes de comunidad en los cabildos fortalecen la vida democrática y representan directamente la necesidad de la población.

Por su parte, los priistas Eréndira Cova Brindis y Enrique Padilla Sánchez señalaron que en los municipios con más de 5 presidentes de comunidad se reducen las funciones de los regidores también electos, además de que la naturaleza de concederle voto a los presidentes de comunidad se debió a la colaboración de las representaciones en el diseño de la organización municipal, pero que ahora se ha transformado de administrativa y programática a política.

Con la aprobación del dictamen solo se modificó el artículo 12 para referir que los presidentes de comunidad tendrán, a partir de la publicación de las reformas, calidad de “munícipes”, es decir, “primer vecino de un Municipio” mientras que se desechó la propuesta perredista de restituir su voto en cabildos.

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