Una falla mecánica fue la causa del accidente aéreo donde murieron los exgobernadores, Martha Erika Alonso Hidalgo y Rafael Moreno Valle Rosas, señaló un nuevo dictamen solicitado por los familiares, según informó el titular de la Fiscalía General del estado (FGE), Gilberto higuera Bernal.

El peritaje fue efectuado por expertos externos extranjeros, que ratificaron que la falla mecánica se presentó en el actuador lineal izquierdo lo que provocó el desplome del un helicóptero Augusta el 24 de diciembre de 2018.

“La familia misma me ha compartido, y con su autorización lo puedo comentar, que el resultado de esos dictámenes realizados en las acciones particulares y por peritos extranjeros fue que la conclusión es totalmente coincidente con la que se hizo por las instancias aeronautas federales y por nuestros peritos. Se confirma que fue y se trató de un evento de falla en el aparato aeronáutico”.

Es importante recordar que por este accidente se ejerció acción penal contra diferente personas que eran responsable de garantizar el buen estado mecánico del helicóptero.

Hubo inconsistencias en mantenimiento del helicóptero de los Moreno Valle

El helicóptero Augusta en el que viajaba el matrimonio de ex gobernadores de Puebla Martha Erika Alonso y Rafael Moreno Valle registró defectos técnicos e inconsistencias en mantenimiento por parte  el Taller DGAC 371 Rotor Flight Services S. de R. L. de C.V., con base de operación el aeropuerto de Toluca, según el Informe de Hechos que hizo publicó este viernes la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).

Se determinó, por ejemplo, que una pieza con fallo debía ser reemplaza el 16 de diciembre de 2018, sin que existan registros de que esto haya ocurrido porque hay una parte de la bitácora que se extravió. Peor aún, además se describe que:  «A partir del 27 de julio de 2018, todas las acciones de equipos instalados se registraron sin sello y firma».

En el documento difundido por el titular de la SCT, Javier Jiménez Espriú se recuerda que el día 24 de diciembre del 2018, poco tiempo después de las 14:35:40 horas (20:35:40 UTC 1 ) se accidentó el helicóptero marca Agusta, modelo A109S, número de serie 22174, matrícula XA-BON, propiedad de Servicios Aéreos del Altiplano, S. A. de C. V., (SAA) cuando cubría el vuelo de la Ciudad de Puebla a la Ciudad de México bajo las reglas de vuelo visuales (VFR); al mando del helicóptero estaban un comandante (piloto) y un primer oficial (copiloto), ambos con licencia comercial de helicóptero vigentes, con tres pasajeros a bordo, impactando en un terreno de siembra.

El helicóptero resultó destruido por impacto y fuego y los cinco ocupantes con lesiones fatales, en el Municipio de Santa María Coronango, Estado de Puebla.

También se cita que la investigación de este accidente aéreo «se está realizando con base en normas y métodos recomendados internacionales» en la que se solicitó la participan a: Agenzia Nazionale per la Sicurezza del Volo (ANSV), a su Asesor Leonardo Helicopters; a EASA (European Union Aviation Safety Agency) como asesor técnico (Technical Advisor) de ANSV; al Representante Acreditado del Estado de Fabricación de los Motores: Transportation Safety Board of Canada (TSB) y finalmente a la National Transportation Safety Board (NTSB) por ser fabricante de componentes instalados en el helicóptero; como parte del proceso de la investigación se convocó a los siguientes asesores: Colegio de Pilotos Aviadores de México A. C., y Colegio de Ingenieros Mexicanos en Aeronáutica, A. C., así como a personal de pilotos del Gobierno del Estado de México que operan el mismo modelo del helicóptero accidentado.

FALLAS RECURRENTES A PARTIR DE SEPTIEMBRE DE 2017

El reporte refiere que el 18 de septiembre de 2017 se registró un «defecto técnico» por el cual se generó la discrepancia 030/2017, una especie de reporte en el que se informó sobre problemas en la operación del helicóptero.

Se cita que: «La aeronave se desvía  hacia la izquierda ocasionalmente con el director de vuelo engarzado». Este reporte obligó a una revisión, tras la cual se explica que la falla fue por el dañó a «un activador líneal del eje de roll», pieza que se debía reemplazar.

Para el 25 de junio de 2018, se abrió una nueva discrepancia, la 09/2018 en la que se reporta «cambio repentino de rumbo con director de vuelo engarzado»; pese a esto el 26 de junio de 2018 siguió operando con la falla hasta el 4 de julio del mismo año.

El reporte resalta que los investigadores encargados de resolver las razones del accidente ubicaron que la falla fue reparada hasta el 30 de agosto de 2018 con una «pieza prestada» y el 10 de septiembre se cierra la discrepancia al colocar una pieza reparada para corregir el defecto técnico.

SE ESTRAVÍA REVERSO DE HOJA DE BITÁCORA

Tres meses después, el 13 de diciembre de 2018, nuevamente se abrió una discrepancia, la 21/2018 donde se reporta que «existía una desviación de vuelo» debido a un daño en «el actuador líneal del roll» por lo que se requirió el reemplazo inmediato.

Es decir, la pieza colocada el 10 de septiembre registró un fallo, nuevamente. Se precisa, que de este reporte ya no hay más información. Falta una parte del documento.

“(…) existía una desviación en vuelo, sin embargo, el reverso de la hoja de bitácora 1043 no se recuperó (…). En esta fecha el helicóptero tenía 2,165:02 horas. En la discrepancia 21/2018 se asentó: “(…) POR REPORTE DE BITACORA FOLIO 1043 Y AL REALIZAR PRUEBAS DE OPERACIÓN CONFORME AL MM REF. 0B-A-22-11-00-00A-340A-A. SE ENCONTRÓ DAÑADO EL ACTUADOR LINEAL DE ROLL. REQUIERE REMPLAZO (…)” sic, señalando en la sección de observaciones de dicho documento que “(…) DICHO ACTUADOR FUE INSTALADO EL 10 DE SEPTIEMBRE DE 2018 CON T.T A/C: 2063:02 HRS EN CONDICION REPARADO. SOLO HA OPERADO. 102 HRS (…)”.

En el reporte de la SCT también se lee lo siguiente: «en la entrevista realizada a los técnicos que realizaron este trabajo, indicando que llevaron a cabo el troubleshooting correspondiente, aislando la falla en el actuador de roll del SAS2 afirmando que requería reemplazo».

«Cabe señalar que el helicóptero continuó operando sin que los técnicos hubieran asentado en bitácora de mantenimiento que el SAS2 estaba diferido por MMEL rev. “E”, tampoco colocaron una tarjeta de fuera de servicio (F/S) en cabina de pilotos, ni aseguraron el SAS2, el reemplazo del actuador de roll de SAS2 debió haberse realizado el 16 de diciembre de 2018, de acuerdo con el MEL de SAA que limitaba a 3 días una vez que se detecta la falla, quedándose abierta la discrepancia (21/2018).»

EL ÚLTIMO MANTENIMIENTO FUE EL 20 DE DICIEMBRE

Se señala que la última acción de mantenimiento se realizó el día 20 de diciembre del 2018, cuando el helicóptero contaba con 2,176.5 horas, de acuerdo con la bitácora de mantenimiento y conforme al Manual de Mantenimiento referencia OB-A-62-31-02-00A-520A-A, OB-A-62-31-02-00A-720A-A.

Para esa ocasión se «reemplazó el conjunto de la media tijera rotativa inferior (“Half Scissor Assy”) N/P …-105, debido a que presentaba juego fuera de límites. Nota: El sticker y el formato de discrepancia, por la instalación de la media tijera rotativa N/S …59, tienen la misma fecha, pero no el mismo número de discrepancia, aunque sí corresponden al trabajo referido (juego en el balero esférico y los casquillos, detectado durante la verificación diaria)24; en entrevista con el personal técnico en mantenimiento del taller RFS aclaró que por error de escritura, dejaron el número de discrepancia 035/2017 de fecha 19 de octubre de 2017, pero que la real fue la 020/2018 de fecha 04 de diciembre de 2018. De hecho, la última discrepancia en diciembre del 2018 fue la 022/2018 para cambiar carbones de una marchagenerador.»

Y se resalta por quien elaboró el reporte que: «La lista de equipo y las listas de componentes instalados/removidos muestran una serie de inconsistencias, algunas de ellas asociadas, pero no limitadas a fallas recurrentes mencionadas anteriormente».

«En varios casos, también falta la Forma EASA 1 o FAA 8130 (por ejemplo, en el caso de los actuadores lineales y el reemplazo del start generator).»

Peor aún, además se describe que:  «A partir del 27 de julio de 2018, todas las acciones de equipos instalados se registraron sin sello y firma».

RESPONSABLES DEL MANTENIMIENTO, DUEÑOS DE AERONAVE

Es necesario señalar que el helicóptero Augusta que se estrelló el 24 de diciembre de 2018, en el que viajaban la ex gobernadora Martha Erika Alonso y su esposo el entonces senador y ex gobernador, Rafael Moreno Valle, era propiedad de la empresa Servicios Aéreos del Altiplano SA de CV (SAASA).

De acuerdo con la información existente, la pareja rentó  el helicóptero a dicha empresa  cuya inscripción en el Registro Público de Comercio se hizo a través de los hermanos José Antonio y Rafael Torre Mendoza, el  24 de agosto de 2005,  con la escritura 45909 y el volumen 434, ante el fedatario José Luis Macías Rivera, con la autorización de Roberto Grajales Espina.

Según información de El Sol de Puebla, José Antonio Torre Mendoza, del Grupo Providencia, ha tenido presencia pública en medios informativos por ser parte del empresariado de Tlaxcala que organiza eventos para la comunidad.

En 2005, junto con su hermano, dio un vuelco a la actividad, para volverse prestador del servicio público de transporte de pasajeros, correo, carga y express, servicios aéreos privados comerciales, renta de aeronaves, sus componentes, sistemas de comunicaciones, entre otros componentes de la industria.

PARA CONSULTAR EL REPORTE COMPLETO HACER CLICK EN EL SIGUIENTE LINK: https://drive.google.com/file/d/1DEbpOmv_TYyMwokh5fxaxGBYn1onC7-U/view?usp=sharing

Sigue la información de última hora en las redes sociales de URBANO Noticias Puebla y Tlaxcala

Te recomendamos leer: Pilotos mitieron: Despegue de helicóptero fue del jardín de Pepe Chedraui

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *