Forma parte de las reformas a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

En Puebla los patrones no podrán exigir a sus trabajadoras usar faldas cortas o tacones, además de que se prohibirán los certificados médicos de embarazo para otorgar un empleo o acenso para este sector de la población, de lo contrario se castigará con dos años de prisión.

Lo anterior forma parte de las reformas que sacaron los diputados locales a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que tiene como finalidad combatir este tipo de escenarios de violencia de género.

Con base en los documentos que dictaminaron los diputados locales, se explica que las mujeres sufren una constante violación a sus derechos humanos sobre su forma de vestir o solo por el hecho de estar embarazadas.

En el caso de este último escenario, el dictamen a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, señala que muchas mujeres han frenado su crecimiento profesional por el hecho de estar embarazadas.

Por lo anterior, se establece en la citada ley que si las mujeres son sometidas a usar falda o tacones en su trabajo, además de presentar certificados médicos de embarazo, los patrones recibirían las sanciones fijadas en el Código Penal, que van de 2 años de prisión hasta 27 mil pesos.

Cabe señalar que dentro de la misma ley para proteger a las mujeres, también se convoca a la Secretaría de Educación Pública, no contratar a maestros, administrativos y de intendencia, señalados de violentar a mujeres.

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