El Gobierno de Tlaxcala se dijo respetuoso de las decisiones de las autoridades laborales, locales y federales, luego de que el Tribunal Colegiado de Circuito, de competencia federal, notificó al Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado (TCyA) la resolución para que otorgara la toma de nota a la dirigencia del Sindicato 7 de mayo.

El ejecutivo tlaxcalteca destacó que acatará las resoluciones a que haya lugar en este tema y al atender esas instrucciones, protegerá los derechos laborales de todos los trabajadores sindicalizados.

La administración estatal confió en que las relaciones entre los diversos grupos sindicales serán en concordia, en beneficio de los trabajadores.

Mencionó que la toma de nota se realizó con base en la instrucción de un tribunal colegiado federal, que resolvió a favor de una de las dos partes que impugnaron los procesos de elección gremial.

El pasado 26 de diciembre el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito notificó al TCyA la resolución en la que requirió al presidente del organismo, Miguel Ángel Tlapale Hernández, para que otorgara la toma de nota en un término de tres días.

Ante ello, se acató la instrucción el 29 de diciembre de 2023, con lo que se validó la elección de Karina Erazo Rodríguez, quien tomó nota en las instalaciones del Sindicato de Trabajadores al Servicio de los Poderes, Municipios y Organismos Descentralizados del Estado de Tlaxcala “7 de mayo” el 30 de diciembre.

El Gobierno de Tlaxcala reiteró que la facultad del TCyA en materia del procedimiento electoral sindical es únicamente la de verificar el cumplimiento del procedimiento establecido en los estatutos que el mismo gremio redacta.

En su momento, declaró, se cumplieron los requisitos previstos en la norma estatutaria del sindicato para la convocatoria del 19 de septiembre de 2022, la integración del Comité de Vigilancia Electoral Sindical y el procedimiento electoral sindical.

De hecho, el Poder Judicial de la Federación tuvo por validado el quorum de la Asamblea General Extraordinaria con carácter de Congreso, del 23 de septiembre de 2022, la cual fue retomada el 9 de diciembre de ese año, tratándose de una misma Asamblea, por lo que no se prevé la obligación de verificar nuevamente los requisitos al momento de que sea retomada.

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