Legislación de Puebla contempla la protección de la vida desde la concepción; marco legal de Tlaxcala validó seis causales para interrupción legal del embarazo

Por el delito de aborto la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tlaxcala abrió 20 carpetas de investigación contra mujeres en los tres últimos años, de las cuales, una mujer permanece en prisión desde 2016.

Por su parte, la Fiscalía General del estado de Puebla investiga a 55 mujeres por presuntamente practicar un aborto fuera del marco legal, refiere el informe «Maternidad y Castigo. La criminalización del aborto en México» del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).

Aunque la Fiscalía de Puebla no transparentó información sobre el número de mujeres encarceladas por esta práctica, refiere que cuatro hombres y una mujer permanecen en prisión preventiva por el delito de aborto.

Por otro lado, de las ocho causales para la interrupción legal del embarazo la legislación de Tlaxcala ha aprobado seis: por violación, imprudencial o culposo, por peligro de muerte, alteraciones graves en el producto, salud e inseminación artificial no consentida.

La legislación de Puebla considera solo cuatro causales de las ocho consideradas: violación, imprudencial o culposo, peligro de muerte y por alteraciones graves del producto.

Solo los estados de Yucatán, Michoacán y Ciudad de México contemplan además de esas causales las razones económicas de la mujer y por voluntad de la madre antes de las 12 semanas de gestación.

Asimismo, la legislación de Puebla establece privación de la libertad de uno a cinco años de prisión, mientras que la legislación de Tlaxcala establece de 15 días a dos meses de privación de la libertad y multas de 18 a 36 días de salario mínimo. El informe destaca que la legislación de Puebla es uno de los 18 marcos normativos que protegen la vida desde la concepción.

«La criminalización por aborto en México sigue patrones comunes: niñas y mujeres llegan a un servicio de salud con un aborto incompleto o en evolución y, ahí, son cuestionadas y denunciadas por el mismo personal de salud, trabajadoras sociales o por sus familiares y conocidos. El ministerio público responde generalmente de inmediato, acudiendo a interrogar a las mujeres en las mismas camillas de hospital. En muchas ocasiones, los casos se basan exclusivamente en confesiones autoincriminatorias realizadas bajo presión y en contextos de emergencias médicas», refiere el informe.

Por último, GIRE señala que estas prácticas y el contexto social y económico de las mujeres constituyen violaciones a los derechos humanos derivadas de la penalización del aborto, mientras que los estándares de derechos humanos constituyen la ruta para garantizar que las mujeres puedan decidir libremente ejercer o no la maternidad. «Esta garantía es una parte de la deuda histórica que los estados tienen con ellas.»

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