Los niveles de independencia de los tribunales de justicia de los estados de Puebla y Tlaxcala son bajos, de acuerdo con el informe “Independencia judicial ¿Dónde estamos? Un análisis subnacional”.

Ahí se señala que el porcentaje de cumplimiento de los estándares normativos para garantizar la independencia profesional, institucional y funcional es del 31 por ciento para Puebla y de 14 por ciento para Tlaxcala.

El informe, que publica la organización México Evalúa, revisa -entre otras cosas- la información documental de los poderes judiciales estatales que garanticen su independencia a la hora de juzgar y ejercer sus funciones. 

De los 42 criterios elaborados con base en documentos sobre el nombramiento de los juzgadores, la independencia institucional, la profesionalización y la funcionalidad de los tribunales, el poder judicial de Puebla solo cumplió con 13 y el de Tlaxcala con seis. 

Cómo se ve, solo Puebla se encuentra por arriba del promedio nacional de 6.50 y el 15 por ciento del total de criterios cumplidos a nivel país. 

Aunque no se da a conocer la evaluación por cada uno de los criterios en cada uno de los estado, de manera general se evaluaron los documentos referentes a la existencia de una instancia de gobierno judicial que este separada de los poderes Ejecutivo y Legislativo; que en la designación del personal y juzgadores haya participación ciudadana o que la designación de los magistrados sea con independencia del Congreso, sin terna enviada por el Ejecutivo y que, en cambio, se haga un proceso y nombramiento al interior del Poder. 

De manera general, los poderes judiciales tienen un nivel de independencia institucional del 49 por ciento y profesional del 35 por ciento; mientras que la independencia funcional fue de sólo 8 por ciento; de la suma de estos tres se obtuvo el porcentaje del 15 por ciento, como más arriba se dijo. 

Además, el estudio destaca que los poderes de Puebla y Tlaxcala no tienen independencia financiera, un criterio establecido según las normas internacionales que ayudan a garantizar la independencia de los poderes. 

Es decir, los poderes de esos estados no tienen una norma que establezca un criterio de asignación presupuestal anual, en la que no intervengan los otros poderes. Tampoco observan los criterios del 2 por ciento al menos de asignación presupuestal, ni que la reducción de su presupuesto esté a cargo de los otros poderes, sin la opinión de jueces y magistrados. 

El informe concluye que ha habido pocos avances para elaborar las normas que garanticen la Independencia de los poderes judiciales estatales. 

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Foto: Especial

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