Las personas que solicitaron al Congreso la revocación de mandato de las presidentas no lograron aportar pruebas que sustentaran su petición

Los integrantes del Congreso del Estado, resolvieron que es improcedente la revocación de mandato en contra de las presidentas municipales de Tlaxcala y Acuamanala, Anabell Ávalos Zempoalteca y Catalina Hernández Águila, respectivamente,  toda vez que los solicitantes no presentaron pruebas ni argumentos legales para poder proceder contra las funcionarias.

En la misma resolución, los diputados locales advirtieron que tampoco existían elementos para actuar contra el Síndico municipal de Tlaxcala, Héctor Martínez García.

Al respecto, el diputado Ignacio Ramírez Sánchez, explicó que en el análisis de la solicitud de revocación de mandato en contra de las autoridades del municipio capitalino, por actos omisos y colusión con la pasada administración de Adolfo  Escobar Jardínez por el asunto de la construcción del polideportivo Carlos Castillo Peraza, la parte demandante “carece  de legitimación para promover la suspensión o revocación” ya que no vive en el municipio de Tlaxcala que es gobernado por la priísta Anabell Ávalos.

Mientras que en la otra solicitud de la misma naturaleza contra la presidenta municipal de Acuamanala,  Catalina Hernández Águila, fue promovida en diciembre de 2017 por integrantes del cabildo que la acusaron de cometer irregularidades en la administración de recursos públicos, mantener como director de Obras Públicas a Francisco Javier Ortega Morales, quien supuestamente se encontraba inhabilitado para ejercer algún cargo público, y agredir físicamente a un grupo de personas que se manifestaron frente a la presidencia municipal.

En ese sentido, los diputados resolvieron que los demandantes no aportaron pruebas concretas sobre la inhabilitación del director de Obras, tampoco de los supuestos malos manejos, por lo que decidieron desechar la solicitud para suspender a la presidenta municipal.

En cuanto a las supuestas agresiones físicas en contra de la población que se suscitó frente a la presidencia municipal, concluyeron que en el video que mostraron como única prueba “no se advierte que la presidenta municipal cometiera algún acto concreto de agresión contra persona alguna, se observa es que un cúmulo de personas pretendía, de forma violenta, ingresar por la fuerza al Palacio Municipal de Acuamanala de Miguel Hidalgo, y fueron repelidos mediante alguna especie de gas y luego dispersados por otro grupo de personas que también estaban en el exterior de dicho inmueble”.

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