En un juicio promovido por 352 mujeres se pidió que las listas para candidatos por representación proporcional sean encabezadas por mujeres

El Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) ordenó al Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) a modificar los “Lineamientos generales que deberán observar partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes, así como candidatas y candidatos independientes”, para establecer criterios de género para la postulación de diputados locales por el principio de representación proporcional y lograr la igualdad sustantiva en la integración de las legislaturas locales.

En el análisis del juicio JDC-003/2017 promovido por Leticia Hernández Pérez y 352 mujeres y 26 hombres, los magistrados señalaron que aunque existe el principio de paridad de género y el criterio de 50 hombres y 50 mujeres candidatos por la vía de mayoría relativa para integrar el Congreso del Estado, en los hechos las legislaturas locales se han integrado con 70 por ciento de hombres y 30 por ciento de mujeres desde 2005, por lo que es necesario cumplir con esta acción afirmativa para lograr la igualdad sustantiva y ordenar a los partidos que la lista de candidatos de representación proporcional sea encabezada por mujeres.

«Estamos a favor del proyecto porque persigue un fin legítimo, además de que con ella se maximizaría la participación de la mujer, ya que las medidas legislativas adoptadas no han sido suficientes para lograr la paridad sustantiva; el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones debió implementar una medida afirmativa que observaran los partidos políticos en sus postulaciones a diputados locales por el principio de representación proporcional, a fin de salvaguardar los principios de certeza y seguridad jurídica de las mujeres», dijeron los magistrados.

En sesión ordinaria celebrada este martes, los magistrados electorales decidieron respaldar por unanimidad la petición de 378 ciudadanas y ciudadanos que impugnaron los lineamientos para la postulación de candidaturas por la vía de representación proporcional debido a que, tanto los consejeros electorales como el Congreso del Estado, omitieron aplicar el principio de paridad de género en la integración de estas fórmulas.

Ordenan restituir derechos de militante panista

En la misma sesión ordinaria, los magistrados revocaron la resolución emitida por la Comisión de Orden y Disciplina Intrapartidista del Consejo Nacional del PAN, por lo que esté partido deberá restituir los derechos político electorales de la militante Claudia Pérez Rodríguez.

Al respecto, los magistrados señalaron que las pruebas de Facebook aportadas por el partido para pedir la expulsión de Claudia Pérez, no demostraron que la militante incurrió en el acto de indisciplina consistente en colaborar con otro partido político u otros candidatos postulados en las elecciones ordinarias de 2016.

Por esto, el TET ordenó al Consejo Nacional del PAN a cumplir en un plazo de 72 horas la sentencia y restituir los derechos de la militante.

Por otro lado, el TET declaró improcedente el juicio promovido por Daniela Nava Nava, representante suplente del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) ante el Consejo General del ITE, en contra del presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2018, en lo relativo al presupuesto asignado para el instituto electoral.

Esta tarde los magistrados resolvieron que la impugnación ya es «cosa juzgada» por haberse analizado y resuelto en la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), referente al recorte del presupuesto público para el partido Movimiento Ciudadano y su distribución a los demás partidos políticos.

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