Los magistrados desecharon y declararon infundados los argumentos de 12 juicios electorales contra la anulación de las elecciones.

El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) declaró válida la elección de Miguel Ángel Covarrubias Cervantes como diputado local por el distrito 14 con cabecera en Nativitas, así como la distribución de las diputaciones plurinominales que llevó a cabo el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE).

En sesión extraordinaria pública, los magistrados declararon infundada la acusación promovida por el ex candidato de Morena, Martín Pérez Hernández, por el rebase de tope de campaña contra Covarrubias, por lo que el TET no confirmó ninguna causal para anular los resultados electorales como pretendía el candidato por Morena.

“En el análisis de la fiscalización realizado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), se advierte que el candidato a diputado local de Por Tlaxcala al Frente, ejerció el 90.6 por ciento del tope de gasto de campaña, en consecuencia, al no acreditarse el rebase de tope de campaña, se confirman los resultados del cómputo y la entrega de constancia de mayoría para Miguel Ángel Covarrubias”, resolvieron por unanimidad los magistrados.

Sin embargo, respecto al argumento sobre irregularidades detectadas en algunas casillas el día de la elección y su probable incidencia en los resultados, los magistrados solo dieron razón a la denuncia de que algunos funcionarios de la casilla 316 Contigua 1, ubicada en Santa Apolonia Teacalco, eran representantes de partido político.

Por tal motivo, aunque declararon la modificación del cómputo distrital de esa casilla, confirmaron la elección de Covarrubias, toda vez que el porcentaje de votación lo mantiene como ganador de la elección.

Sobre el mismo caso, desecharon los señalamientos de injerencia de funcionarios municipales en los resultados electorales de la casilla 316 Básica, 316 Contigua y 317 Básica, debido a que los funcionarios del Ayuntamiento no ostentaban cargos de la administración pública municipal con fuero para ejercer presión a los ciudadanos el día de la votación.

“Del análisis se desprende que las personas a las que se refiere son el director de cultura y cronista municipal. De acuerdo a las funciones se advierte que no son funcionarios de mando superior y que sus funciones radican en la promoción de la cultura”.

Por otro lado, en la misma sesión, los magistrados validaron por unanimidad de votos la asignación de las 10 diputaciones locales plurinominales que realizó el ITE, por lo que declararon improcedentes los argumentos expresados en los 10 juicios electorales promovidos por los partidos Socialista (PS), Alianza Ciudadana (PAC), Encuentro Social (PES), del Trabajo (PT), de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano (MC), así como de ex candidatas y candidatos por esta vía.

La finalidad de las impugnaciones era para que los partidos perdedores y con poco margen de votación obtuvieran al menos un escaño en la integración de la 63 Legislatura local.

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