Causas como la excusa, el impedimento o la recusación sin oposición de las partes, motivos para la sustitución de magistrados.

El magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE) podrá sustituir a los magistrados de la Sala Penal y Especializada en Administración de Justicia para Adolescentes en los casos de que exista una excusa, impedimento o recusación para conocer un asunto de su competencia, así lo determinó el Pleno del TSJE.

El acuerdo que tomaron los magistrados indica que las sustituciones podrán hacerse por cualquiera de los jueces que integran los seis juzgados distritales judiciales de Guridi y Alcocer y Sánchez Piedras, así como de los Juzgados de Ejecución Especializado de Medidas Aplicables a Adolescentes y de Ejecución de Sanciones Penales y del Juzgado Especializado en Administración de Justicia para Adolescentes.

“Con la finalidad de evitar dilaciones en perjuicio de los justiciables, tratándose de excusa, impedimento legal o recusación para conocer de algún asunto inherente a la función de un magistrado, se autoriza al magistrado presidente de este Tribunal, para que cuando no exista oposición de las partes en el caso de alguno de los Magistrados integrantes de la Sala Penal y Especializada en Administración de Justicia para Adolescentes en un asunto de su competencia, habilite y mande llamar a un Juez para sustituir al Magistrado excusante impedido legalmente”, coincidieron.

El acuerdo fue tomado por unanimidad en sesión de pleno ordinaria de los magistrados Héctor Maldonado Bonilla, Felipe Nava Lemus, Leticia Ramos Cuautle, Mary Cruz Cortes Ornelas, Rebeca Xicohténcatl Corona, Elsa Cordero Martínez, Mario Antonio de Jesús Jiménez Martínez y Elías Cortes Roa.

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