La la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó una reforma electoral estatal de 2022 en Yucatán para que los deudores de pensiones alimentarias no accedan a cargos públicos o de elección popular.

Con el fallo de nueve ministros del pleno de la SCJN avanza la llamada Ley 3 de 3 contra la violencia en todo el país, impulsada por el colectivo Las Constituyentes MX, la cual ya fue aprobada en los Congresos de 11 entidades del país: Estado de México, Oaxaca, Chihuahua, Jalisco, Yucatán, Morelos, Nayarit, Sinaloa, Baja California Sur, Puebla y Nuevo León.

Además, existen iniciativas presentadas en al menos 12 estados, que, de ser avaladas, darían pie a una prohibición de este tipo a nivel federal.

Es la primera ocasión que la Corte declara válido este tipo de restricciones para quienes busquen ser candidatos a puestos de elección popular, lo que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) había impugnado, al considerar que esta medida atentaba contra el derecho a la igualdad, no discriminación, de libertad de trabajo y a ser votado.

La Suprema Corte de Justicia avaló la prohibición para que los deudores de pensiones alimentarias en Yucatán puedan acceder a cargos públicos y de elección popular, con lo que se avanza en el país con la aprobación de la llamada Ley 3 de 3 contra la violencia, impulsada en 2020 por el colectivo Las Constituyentes MX.

Actualmente dicho ordenamiento ya se encuentra aprobado en los Congresos del Estado de México, Oaxaca, Chihuahua, Jalisco, Yucatán, Morelos, Nayarit, Sinaloa, BCS, Puebla y Nuevo León.

Hay iniciativas presentadas en 23 entidades, sin embargo, sólo en 11 han sido aprobadas y 13 están en proceso de discusión, lo que daría a pie a que en el Congreso de la Unión se concrete con mayor celeridad una legislación a nivel federal.

Por: Excélsior
Foto: Especial

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