La comisionada, Marlene Alonso no llevó a cabo el convenio con la Secretaría de Planeación y Finanzas para ejercer esa facultad establecida en la ley desde el año 2016.

El Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado (IAIP), en estos momentos, se encuentra imposibilitado para ejecutar multas por daño al ejercicio de los derechos de acceso a la información de las personas, debido a que no existe un convenio de colaboración con la Secretaría de Planeación y Finanzas (SPF) para hacer efectivas las probables sanciones económicas a entes obligados.

Si bien, en estos momentos el órgano garante no ha impuesto medidas de apremio a ninguno de los 143 sujetos obligados, que es el preámbulo para la aplicación de multas de 150 a mil 500 veces el valor de la UMA, cuando sea el caso no podrá hacer efectivas las sanciones económicas ante la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado al no existir el trámite correspondiente.

Y es que el artículo 158 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala que entró en vigor en mayo del año 2016, señala que: “Las medidas de apremio serán impuestas y ejecutadas por el instituto con el apoyo de la autoridad competente. Las multas que fije el instituto se harán efectivas ante la Secretaría de Planeación y Finanzas del Estado”.

Al respecto, el comisionado David Cabrera Canales comentó que desde el año 2017 su compañera, Marlene Alonso Meneses en su calidad de presidenta del Consejo General del IAIP tuvo que realizar dicho procedimiento para ejercer la facultad sancionadora por incumplimiento de obligaciones de los entes, sin embargo por omisión no lo llevó a cabo.

“Lamentablemente no podemos multarlos, por una omisión de la comisionada, no hizo el convenio con la Secretaría de Planeación y Finanzas, entonces al no haber convenio cómo recabamos esas multas, la ley establece que tiene que ser a través de la secretaría”, recalcó.

Dijo que en estos momentos hay dos casos de entes obligados que podrían ser sujetos a medidas de apremio para asegurar el cumplimiento de las determinaciones, y son el Ayuntamiento de Ixtacuixtla y la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), al negarse a transparentar información, la primera de esas medidas podría ser una amonestación pública, y al persistir esa conducta se tendría que aplicar una multa económica misma que no debe ser cubierta con recursos públicos.

La aplicación de sanciones económicas, “es algo que le dio al instituto fuerza para que se cumplan sus determinaciones y no lo podemos hacer, todo esto no sé si es por falta de conocimiento u omisión, y para detener las cosas para que el instituto no funcione adecuadamente, entonces tenemos facultades sancionadoras pero no las podemos ejercer”, recalcó.

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