Los representantes legales no acreditaron el acto reclamado contra el gobernador del estado y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCTE) 

El Poder Judicial de la Federación negó el amparo indirecto 58/2018 a los representantes legales de la plataforma de transporte privado “Pronto”, al declarar inexistentes los actos reclamados contra el gobernador del estado y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCTE) por la detención y retención de vehículos que operaban mediante la App.

El Juez Segundo de Distrito en el Estado de Tlaxcala resolvió que el acto reclamado por la detención de los vehículos el 13 de diciembre de 2017, se desestimó una vez que los representante legales no actualizaron los hechos de violación a sus derechos, por lo que no acreditaron el acto.

“De acuerdo con el artículo 74, fracción IV de la Ley de Amparo, procede el sobreseimiento en el juicio de las garantías, cuando de las constancias de autos apareciese claramente que no existe el acto reclamado”, refiere la resolución emitida el 15 de marzo.

Del mismo modo, la justicia federal declaró inexistente la omisión legislativa que los promoventes reclamaron; al respecto el juez concluyó que la Constitución Política federal y local no establecen como obligatorio que el legislador deba prever reformas para el uso de transporte público mediante plataformas digitales.

Con esta determinación, el servicio de taxis Pronto que impulsan jóvenes empresarios tlaxcaltecas, permanecerá operando sin el respaldo legal de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

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