Pese a la pandemia no se ha incrementado el número de trámites de este tipo.


 El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) registra un promedio de 30 trámites de pensiones por viudez y orfandad en promedio al mes, los cuales se realizan luego del fallecimiento del trabajador o pensionado y que hasta el momento no se han visto afectados y se continúan realizando de manera normal pese a la contingencia sanitaria.

Lo anterior lo dio a conocer el titular de Departamento de Prestaciones Económicas y Sociales, Elías Ayometzi Ilhuicatzi, quien indicó que al cierre del mes de mayo han acumulado 143 trámites de pensiones de viudez y orfandad, siendo el inicio de año que comúnmente crecen los trámites de este tipo, mientras que por la pandemia por la que atraviesa el país, no se han incrementado el número recurrente de trámites.

Explicó que el IMSS dentro de las prestaciones sociales que otorga cuenta con diferentes tipos de pensiones que son las de riesgo de trabajo y por vejez, por invalidez, viudez y orfandad, las cuales se otorgan al momento del fallecimiento del titular o trabajador registrado o incluso de las personas que ya contaban con una pensión.

Asimismo, indicó que las personas que requieran iniciar con este trámite, deben de acudir a cualquiera de las Unidades de Medicina Familiar, ubicadas en los municipios de Huamantla, Calpulalpan, Apizaco, Apetatitlán, Chiautempan, Zacatelco, Panzacola y San Pablo del Monte, además del Hospital de Subzona 08 de la capital del Estado, donde pueden consultar los requisitos e iniciar con los trámites, además de consultar la página de internet del IMSS donde también pueden consultar los requisitos.

Detalló que debido a la contingencia sanitaria por el COVID-19, el departamento a su cargo han solicitado datos de contacto, ya sea a través de correo electrónico o por número telefónico para la revisión de los requisitos, para agilizar el trámite y evitar el contacto directo o los tiempos de espera en las oficinas como medida de seguridad para evitar contagios.

Señaló que el tiempo que por ley el IMSS tiene como tiempo máximo, 12 días hábiles para contestar sobre la aprobación de la pensión; no obstante, pueden presentarse situaciones que puedan prolongar el trámite y el otorgamiento de la pensión, los cuales son atendidos y desahogados de manera particular.

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