Al corte del mes de junio, el instituto reporta que en Tlaxcala hay  286 personas trabajadoras del hogar registradas.

La delegación en Tlaxcala del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), dio a conocer que se observó un crecimiento anual del 35 por ciento en la afiliación de personas trabajadoras del hogar, tomando en consideración que al cierre del mes de junio de este 2021 hay  286 trabajadores y trabajadoras asegurados contra los 186 afiliados del mismo periodo pero del año 2020.

Con base a los datos proporcionados por la Oficina de Representación del IMSS en la entidad informó que entre este y el año pasado se observó un incremento de 100 personas dedicadas a la labor doméstica.

En ese sentido, el IMSS recordó que el seguro para las Personas Trabajadoras del Hogar entró en vigor como una situación voluntaria a partir del 1 de abril de 2019 y a partir del 2 de julio del mismo año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo  de la Ley del Seguro Social, en materia de las personas trabajadoras del hogar, incorporando como sujetos de aseguramiento a las personas trabajadoras del hogar en el artículo 12, fracción IV, de la Ley del Seguro Social (LSS) vigente.

La incorporación es voluntaria y obliga a los patrones a proporcionar atención médica y gastos de funeral, no obstante el aseguramiento en la prueba piloto protege a todas las personas trabajadoras del hogar que realizan diversas actividades dentro del mismo, como limpieza, cuidado de adultos mayores o niños, choferes, jardineros, cocineras, entre otras.

El objetivo del programa es garantizar el acceso a la seguridad social a las personas trabajadoras del hogar y a sus beneficiarios legales (cónyuge o concubina, hijos, padre y madre), en igualdad de condiciones que el resto de los derechohabientes, contando con la asistencia médica, hospitalaria, medicamentos, atención obstétrica, incapacidades, pensión por invalidez y vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, entre otras prestaciones.

Para esos beneficios, el patrón debe realizar el registro de la persona trabajadora del hogar a través del portal del IMSS www.imss.gob.mx opción Personas Trabajadoras del Hogar, teniendo a la mano el empleador, su CURP, correo electrónico personal, teléfono celular y domicilio, así como la CURP, Número de Seguridad Social (NSS), domicilio, salario base diario integrado de cotización y días trabajados de su trabajador o trabajadora.

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