La PGJE informa menos del 30% de los casos que nuestra organización ha identificado con evidencias.
El combate a la impunidad es una de las observaciones que ha hecho el Comité de la CEDAW a México, debido a los altos niveles que se mantienen ante la violencia contra las mujeres como el feminicidio y el feminicidio en grado de tentativa. Además, de acuerdo con la ENVIPE en 2019, sólo 56% de las mujeres confía en instituciones como el ministerio público y procuradurías o fiscalías estatales y la mitad percibe que se su desempeño es ineficaz.
En Tlaxcala, como en México, los niveles de impunidad por delitos contra las mujeres han permanecido elevados; las familias, organizaciones y defensoras de los derechos de las mujeres hemos denunciado este contexto que han creado las diferentes administraciones, y las exigencias se han dirigido a las autoridades quienes tienen la obligación de responder conforme al marco normativo con los más altos estándares, lo que incluye la aplicación de los instrumentos internacionales firmados por el Estado Mexicano.
A pesar de las recomendaciones que los diferentes mecanismos internacionales han realizado a México, tal han demostrado las autoridades que no es prioridad cumplirlas, esto ha significado una de las primeras razones por las que la impunidad se ha instalado en el sistema de justicia para las mujeres; desde titulares que se niegan a aplicar las recomendaciones y la jurisprudencia al respecto.
Un claro ejemplo de esto ha sido ha sido el titular de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) con la sentencia Mariana Lima Buendía, quien simplemente se niega a su implementación ante los casos de asesinatos de mujeres, incluidos aquellos que son considerados como suicidios, como lo contempla la sentencia.
Esta sentencia fija los criterios sobre cómo se debe de investigar la muerte de una mujer, evidenciando las deficiencias existentes en las investigaciones; incorpora parámetros o estándares dentro de estas investigaciones, como analizar el contexto generalizado en dónde sucede el hecho, para considerar que toda muerte violenta de mujeres tiene que ser investigada como un feminicidio, investigar si hay evidencia de violencia sexual, indagar en la vida de la mujer y mirar si se encontraba en una situación de violencia, así como incorporar pruebas del presunto agresor, entre otras.
La importancia social de la sentencia Mariana Lima, determina cuáles son las obligaciones de las autoridades, para investigar con perspectiva de género, lo que exige personal altamente capacitado, no es suficiente el conocimiento de conceptos básicos que se abordan en capacitaciones que no tiene impactos en lo práctico y a los que no se les da seguimiento. La sentencia es importante porque explica detalladamente qué significa investigar con perspectiva de género, establece que no necesariamente todos los homicidios de mujeres van a ser calificados como feminicidio, sino que obliga a las autoridades a realizar su trabajo atendiendo a un contexto social específico.
Las omisiones institucionales, como base de la impunidad, se observan en la información pública, donde la PGJE informa menos del 30% de los casos que a diferencia de nuestra organización hemos identificado con evidencias de razones de género conforme al tipo penal de Tlaxcala.
Por muchos años el tipo penal del feminicidio no fue adecuado, impidiendo su acreditación; sin embargo, lo anterior ha dejado ver que, a pesar de contar actualmente con una tipificación adecuada, su implementación es responsabilidad de las autoridades obligadas, no sólo dejarlo en papel.
La violencia institucional que viola los derechos de las víctimas indirectas, madres, hijas e hijos, ha sido otra constante de las instancias de procurar justicia se niegan a modificar, porque, además, no ha existido un papel de vigilancia ni de respuesta de las instituciones autónomas como la Comisión Estatal de Derechos Humanos que simplemente se ha mantenido pasiva. En este sentido, muchas veces las familias de víctimas de feminicidios no tienen acceso a las carpetas de investigación, no les informan sobre los avances en las investigaciones, en otras ocasiones no han tomado en cuenta los testimonios e información de las familias, las autoridades que obstaculizan los procesos o pierden evidencias; llevando a la falta de sentencias favorables como parte del acceso a la justicia en nuestro estado.
La falta de un trabajo interinstitucional para procurar, administrar y ejecutar la justicia no se ha mirado hasta el momento, lo que ha llevado a la falta de mecanismos y estrategias dirigidas a nuestra realidad y contextos locales, regionales y nacionales; la falta de modelos de atención y protección integral a las familias víctimas de feminicidios ha sido una deuda constante, pues poco se trabaja con ellas para tomarlas en cuenta y para atender sus necesidades. Las autoridades desconocen el trabajo de las otras instituciones responsables, como lo evidencia la declaración del Magistrado Bernal al declarar en días pasados que desconoce las estadísticas sobre este delito, responsabilizando al Ministerio Público por la falta de la formulación de la imputación.
La justicia no sólo implica la sanción, sino también la reparación integral del daño, para lo cual es indispensable considerar las necesidades de las víctimas dentro de las sentencias y, más allá de los recursos financieros, la oportunidad de incidir en los programas de prevención y atención, desde el inicio. La impunidad no sólo es resultado del actuar institucional, sino de la propia sociedad que ha normalizado la violencia contra mujeres y niñas; por lo que ningún caso tendría que quedar impune, como se hace alusión en una nota de un medio digital local, al asegurar que al quitarse la vida el feminicida, será un caso más de impunidad.
La obligación del Estado es garantizar una atención integral a la niña que queda en orfandad, a la familia que se convierte en su cuidadora y que debe buscar por todos los medios la garantía de no repetición, designar presupuesto suficiente; así estarían haciendo frente a la impunidad y no sólo desde la demagogia.