A pesar de la puesta en marcha de esos mecanismos de protección previstos en la Ley General de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el comportamiento no ha cambiado en 2019.
De enero a diciembre de 2018, el Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE) emitió un total de 58 órdenes de protección a mujeres víctimas de violencia de diferentes puntos de la geografía tlaxcalteca.
Al poner en perspectiva esa cifra, el Poder Judicial emitió a lo largo del 2018 esa medida precautoria casi cuatro veces al mes (4.83 casos), es decir 1.2 veces por semana en favor de mujeres víctimas de violencia con el propósito prevenir, interrumpir o impedir que se realicen actos violentos o, más de éstos, en contra de las que denunciaron esos actos ante una autoridad.
A pesar de la puesta en marcha de esos mecanismos de protección previstos en la Ley General de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el comportamiento no ha cambiado en 2019, pues tan solo en el mes de enero el Poder Judicial expidió cuatro órdenes de protección; lo que demuestra que la tendencia por mes continúa, en este caso hablamos de una medida precautoria por semana.
De acuerdo al contenido del Protocolo para la Expedición y Aplicación de Órdenes de Protección en el Estado de Tlaxcala, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 20 de diciembre del año 2017, las órdenes pueden ser de emergencia, preventivas y de naturaleza civil; “las dos primeras, tienen una duración de 72 horas y para su expedición debe considerarse el riesgo o peligro existente, la seguridad de la víctima y los elementos con que se cuente. Las órdenes de naturaleza civil serán tramitadas ante los juzgados de lo familiar, o en su caso, civiles”.
Además, aclara que las órdenes de protección no causan estado, ni alteran los derechos de las personas involucradas, en particular en el caso del agresor, por lo que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia ha establecido que son efectivamente medidas: precautorias o cautelares, personalísimas e intransferibles dictadas por la autoridad competente con el objeto de adoptar acciones urgentes a favor de la víctima.
Asimismo, pueden ser preventivas para erradicar la violencia hacia la mujer y son de carácter temporales emitidas por autoridades municipales, de Procuración de Justicia y por las y los jueces del Tribunal Superior de Justicia de Tlaxcala, que les corresponda conforme a su competencia.
Si bien las órdenes de protección en el Estado de Tlaxcala, han estado orientadas a la violencia familiar y sexual, de conformidad con la Ley General de la materia, son viables para las diversas modalidades y tipos de violencia, considerados violencia de género.