La Comisión de Derechos Humanos en Puebla (CDH) inició un análisis del artículo 480 del Código Penal, luego del llamado de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) al Gobierno estatal para revisar el contenido de la recientemente aprobada Ley de Ciberasedio.

El organismo local informó que, en caso de detectar posibles amenazas a derechos fundamentales, actuará conforme a sus atribuciones constitucionales.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) exhortó al gobierno de Puebla a revisar el marco legal de la recién aprobada Ley de Ciberasedio, ante críticas por la ambigüedad del tipo penal y su posible uso para sancionar expresiones en redes sociales.

En respuesta, la Comisión de Derechos Humanos del Estado (CDH Puebla) informó que ya evalúa el alcance de la reforma y su compatibilidad con los derechos humanos, en particular con el respeto a la libertad de expresión.

Aunque la presidenta del organismo estatal, Rosa Isela Sánchez Soya, había declarado previamente que la libertad de expresión “tiene un límite”, ahora señaló que la CDH está dispuesta a realizar un análisis profundo para determinar si existen elementos que justifiquen una acción de inconstitucionalidad.

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Afirmó que el organismo local podría presentar dicha acción sin necesidad de recurrir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), siempre que cuente con elementos suficientes.

Previo al comunicado, la presidenta indicó que el análisis comenzó formalmente el 20 de junio, fecha en que se recibió una queja colectiva en el marco del derecho de petición establecido en el artículo 8 constitucional.

Desde entonces se evalúan los alcances e implicaciones del artículo reformado, considerando tanto la protección frente al ciberacoso como los posibles impactos en la libertad de expresión.

También explicó que el tipo penal de ciberasedio está contemplado dentro del capítulo de delitos sexuales del Código Penal estatal y que originalmente se relacionaba con conductas de connotación sexual.

Sin embargo, reconoció que la redacción actual de la reforma incorpora verbos como “injuriar”, “ofender”, “agraviar” y “vejar”, lo que ha generado interpretaciones ambiguas.

En declaraciones realizadas luego de una conferencia del gobernador Alejandro Armenta Mier, la ombudsperson sostuvo que la comisión no emitirá respuestas apresuradas y que se están ponderando distintos derechos e intereses para determinar si la reforma podría tener efectos contrarios a los principios constitucionales.

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Concluyó que la postura de la CDH Puebla es coincidente con la de la CNDH en cuanto a la necesidad de una revisión exhaustiva del artículo 480, para evitar que el nuevo marco normativo se convierta en una restricción al derecho a la libre expresión, especialmente en contextos de crítica.

Con información de Alba Espejel / EL SOL DE PUEBLA
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