No es el primer caso que éste juez Aarón Hernández Chino deja de aplicar el estado de derecho, como consta en las denuncias públicas en su contra.

Malestar e Indignación de los familiares de la víctima en contra del juez de control Aarón Hernández Chino por no vincular a proceso por un delito grave asentado en número 1078/2021 a papá e hijo presuntos violadores de una menos a quienes dejó en libertad.

No obstante que ese mismo juez liberó la orden de aprehensión por considerar que había suficientes elementos, en la audiencia realizada el día 17 de este mes, cambio de actitud, y los puso en libertad.

Los familiares señalan que desde la programación de la audiencia pospuesta en tres ocasiones, y que al final de cuentas se desarrolló a las 12 horas de ese día, el juez se inclinó a favor de la defensa de los presuntos violadores a quienes dejó libres, y en todo momento mostró una actitud sospechosa.

No es el primer caso que éste juez Aarón Hernández Chino deja de aplicar el estado de derecho, como consta en las denuncias públicas en su contra.

Por lo tanto los familiares piden la intervención del Gobernador Miguel Barbosa y del presidente del Tribunal Superior de Justicia Héctor Sánchez Sánchez, de la comisión judicatura a para que procedan a investigar el actuar del juez de control Aarón Hernández, ya que no es el primer caso en aplicar su parcialidad en la aplicación del estado de derecho.

Los familiares de la víctima presentaron una queja en la comisión de la judicatura del poder judicial contra del juez de control a continuación la queja:

COMISION DE VIGILANCIA Y VISITADURIA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO.
PRESENTE

RUBI MATILDE SANTOS HERNANDEZ, promoviendo por mi propio derecho y con domicilio para oir acuerdos y recibir notificaciones personales el despacho seis de la casa marcada con el numero setecientos doce bis de la avenida diecinueve poniente de esta Ciudad, con correo electrónico patriciahg2014@hotmail,com, con numero de celular ….ante Usted con el debido respecto comparezco y digo:

QUE VENGO POR MEDIO DEL PRESENTE OCURSO a adjuntar copias simples de las pruebas ofrecidas por parte de la Defensa dentro de la causa penal 1078/2021, y asi mismo indico que para mejor proveer he solicitado copias autenticas de todo lo actuado dentro de la causa penal asi como el audio y video como lo justifico con la solicitud que adjunto al presente escrito, todo ello con la finalidad de justificar la QUEJA PRESENTADA EN CONTRA DEL JUZGADOR ARON HERNANDEZ CHINO, persona que denoto desinteres en el desarrollo de una audiencia tan importando pues se vulneraron los derechos de una menor de edad, que es mujer y es victima, asi mismo la inclinación hacia la defensa, y estar pendiente de sus wat sap que le mandaban en virtud de que se notaba claramente que se encontraba mas atento a sus mensajes que al desarrollo de la audiencia como se vera en el momento que se exhiba el audio y video.
CABE MENCIONAR QUE LA QUEJA LA PRESENTE EL DIA LUNES VEINTIUNO DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO Y SOLICITO SE AGREGUE EL PRESENTE ESCRITO A LA QUEJA FORMAL PRESENTADA ANTE ESTE CONSEJO DE VIGILANCIA Y VISITADURIA.
POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO SOLICITO:
SE SANCIONE AL JUEZ ARON HERNANDEZ CHINO.

PUEBLA, PUEBLA A VEINTITRES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.C.
RUBI MATILDE SANTOS HERNANDEZ.

COMISION DE VIGILANCIA Y VISITADURIA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO.
PRESENTE
RUBI MATILDE SANTOS HERNANDEZ, promoviendo por mi propio derecho y con domicilio para oir acuerdos y recibir notificaciones personales el despacho seis de la casa marcada con el numero setecientos doce bis de la avenida diecinueve poniente de esta Ciudad, con correo electrónico patriciahg2014@hotmail,com, con numero de celular ….ante Usted con el debido respecto comparezco y digo:
Que vengo a presentar QUEJA FORMAL EN CONTRA DEL JUEZ DE CONTROL ARON HERNANDEZ CHINO, todo ello de acuerdo a los siguientes:
HECHOS:
1.- Como lo deje de manifiesto en la denuncia, tuve una relacion de concubinato con el señor IVAN SANTOS DIAZ, producto de la misma tuvimos una menor hija de iniciales M.D.L.S.S. pero debido a que esta persona además de que no me daba alimentación para la Suscrita ni para hija con el apoyo de mi familia retome mis estudios.
2.- Mi menor hija crecio y me preguntaba sobre la existencia de su padre, pues se desentendió por total, y por tal motivo le comunique que la viera por lo menos para que lo conociera, sin que esto implicara que me diera alimentación para ella.
3.- En noviembre del año 2016 demande a IVAN SANTOS DIAZ por alimentos, ya que se había desentendido totalmente de la niña, mientras que trataba de tener contacto conmigo, pero debido a que tenia que atender y darle prioridad a mis estudios y como cuento con el apoyo de mi familia y no tengo necesidad económica ni la Suscrita como mi menor hija decidi dejar dicha demanda de alimentos.
4.- Aunque si bien es cierto dejamos de cohabitar la relacion sentimental con IVAN SANOS DIAZ, continuaba y fue hasta el séptimo semestre, cuando rompimos la relacion, ya que se había vuelto una relacion de control, amenazas constantes de manera indirecta, donde acudia a mi universidad sin avisarme y yo debía salir para que no se molestara, cuando me veía hablando con algún compañero, incluso enfrente de él esperaba a que estuviéramos solos para decirme que si me veía con alguien más iba a pegarme porque ya sabia que yo no podía correr rápido, se refería además como que sabía en que momento y con quien salía tanto la Suscrita como mi familia, me amenazaba diciendo que a mi familia le podía suceder algo que pareciera un accidente.
5.- Si bien es cierto que continuaba con la relacion sentimental con el señor IVAN SANTOS DIAZ, y siempre me iba a ver al escuela donde estudiaba, jamas iba a visitar a nuestro menor hija y al paso del tiempo mi hija menor, comienza a preguntarme por su padre, motivo por lo que me vi forzada a decirle al señor IVAN, que fuera a ver a mi hija para que lo conociera primero la llevaba a la tienda después mi hija quizo conocer a su familia y por eso le permito se la lleve con su familia, pues IVAN SANTOS DIAZ, vive en la misma casa que su padre JAIME SANTOS PEREZ, junto con sus tres hermanas, una tía hermana, una tía abuela y su abuela, quienes las tres anteriores descritas, dicen ser devotas y cada semana me las encontraba en la iglesia, motivo por lo que no desconfie de dicha familia.
6.-El día 20 de abril de 2019, mi hija regresa de la casa de su padre, aproximadamente a las 23:00 horas de la noche, mi menor hija e refiere que tiene hambre, por lo cual pregunto que fue lo que le dieron de comer, mi menor hija responde que solo pay de limón, por lo cual me molesto, pero solo le reclamo a IVAN SANTOS DIZ via whathsapp, sin obtener contestacion alguna de su parte.

7.-El dia 27 de abril de 2019, IVAN SANTOS DIAZ vuelve a solicitarme a mi menor hija, acepto con la condición de que la alimente bien, además de traerla más temprano que la semana anterior ya mencionada, ese mismo dia, a las 21:00 horas aproximadamente IVAN SANTOS DIAZ, trae de vuela a mi menor hija, pero antes de que se vaya le pregunto a mi menor hija que le dio de comer, y contesta que nuevamente tiene hambre porque su papa IVAN SANTOS DIAZ, solo le dio pay de limón, motivo por lo que se molesta le grita a mi menor hija: “ no seas mentirosa” y me refiere que si le dio de comer otra cosa, y le refuto que además del pay de limón que mas había comido M, y me responde que dulces, ante esta contestación la Suscrita se molesta y digo: “esa no es una comida balanceada,” IVAN SANTOS DIAZ responde que solo había albóndigas que tenían mucho picante y mi menor hija no ha probado el picante, por lo cual la Suscrita le dice a Ivan que es su obligación como padre verificar que la menor hija coma, y es como comienza una discusión y ese momento de la discusión le dice IVAN SANTOS DIAZ , a mi menor hija, diciendo, ya ves como tu mamá ya no nos quiere, mi menor hija toma su mano y dice que hay que salir, porque ya no los quiero por estar con hombres, el me pide llevarla a su casa, yo lo consulto con mi familia, al ver que mi menor hija insiste en irse con el, acepto, tomando en cuenta que es derecho de mi hija convivir con su padre, a pesar de nuevamente informar que el no había dado nunca manutención para mi menor hija, y como su padre tiene animales en su casa como es un cuyo le dice: vente hija vámonos con el cuyo y mi hija ilusionada dice “me quiero ir con mi papa” .
8.-El dia 27 de Abril del año dos mil diecinueve, fue cuando se la lleva y el domingo no la lleva le mande mensaje que debía llevar ala niña a la escuela el Lunes 29 de abril del año dos mil diecinueve y la Suscrita decide mandar mensaje via whatsapp a la en ese entonces maestra de mi menor hija, refiere que no se presenta a la escuela, posterior a ello, yo le marcaba por teléfono a IVAN SANTOS DIAZ solicitando me pase a mi hija, el dia 30 de Abril tampoco la llevo al festival del dia del niño, el dia primero de Mayo del año dos mil diecinueve mi familia decide ir a ver a la menor nos indican que no se encontraban y tuvimos que ir a verla hasta un negocio de hamburguesas a las 9 (nueve de la noche) pues apenas iban a comer se encontraba bien, pero después del primero de Mayo que fue miércoles ya no nos la dejaron ver, poniendo pretexto que estaba durmiendo, el dia miércoles 8 de mayo de 2019, mi madre PATRICIA HERNANDEZ GUZMAN, va a visitarla y con dificultad se la dejan ver, y al verla se abraza de mi madre y fue asi como regresa nuevamente al domicilio familiar.
9.- Al regresar al domicilio su semblante era diferente, llego muy delgada con la misma ropa con la que se fue, retraida.
10.–Durante los días posteriores al regreso de mi hija, comienzo a ver comportamientos extraños en mi menor hija, volviéndose retraida, callada, aislada, que prefiere jugar sola que con sus primos cosa que antes mi menor hija no hacia, muerde sus labios, posterior a ello comienza a esconderse, no habla, y comenta que no le vea los ojos y comienza hacerse pipi en los calzones, y entonces le pregunto porque se hace del baño, no me contesta y se muerde los labios, es importante recalcar, que yo le he enseñado a mi menor hija a no mentir ya que si mientes la mentira se nota en los ojos, ella solo me refiere que es por un secreto con su papa VAN SANTOS DIAZ y ella.
11.- El dia 26 de mayo del año dos mil diecinueve, dejo a mi menor hija bañándose en una tina, mientras juega con sus juguetitos de baño que selecciona mi menor hija para meterse a la tina, cuando me percató que mi menor hija M.D.L.S.S. se esta tocando el clítoris con la mano, la Suscrita no hace mención de nada, solo comienzo a jugar con ella, como antes, sentándome yo en la tapa de taza de baño para jugar con ella, ya que mi baño es reducido, por lo cual cuando le hago una pregunta directa y le digo si alguien le ha tocado las partes privadas me debe de decir, que debe tenerme confianza, es cuando ella balbuceando e contesta que su “ ABUELO JAIME” que es la forma de referirse a su abuelo paterno JAIME SANTOS PEREZ, cuando le pregunto como la tocó, ella decide morder sus labios, motivo por lo cual hago que no ha pasado nada, ya que noté que mi hija pensaba que era malo decirme, para no victimizar a mi menor hija.
13.- El dia 29 de mayo de 2019, IVAN SANTOS DIAZ, acude a verme a mi universidad ya mencionada aproximadamente a las 17:00 horas con un ramo de rosas, diciéndome que quiere regresar conmigo, la Suscrita le pregunta que paso mientras la menor hija estuvo en su domicilio IVAN SANTOS DIAZ decide no contestar y me reitera que quiere regresar con la Suscrita, mientras yo trato de averiguar que paso con mi menor hija, le refiero a IVAN SANTOS DIAZ, el comentario que me dijo mi menor hija, esperando en el una respuesta factible que me ayude a aclarar la situación, ya que no es una acusación a la ligera y debe investigarse primero, pero la respuesta de IVAN SANTOS DIAZ fue “como le vas a creer a una niña” mientras se reia nervioso, por lo cual la suscrita contesto, “ le creo porque en primer lugar es mi hija y en segundo tiene 4 años como para inventar eso, asi que te lo pregunto una vez mas IVAN, que paso mientras estuvo en tu casa, piensa bien que vas a contestarme, ya que si yo encuentro pruebas suficientes de que ustedes le han hecho algo a mi hija, procederé como debe de hacerse”, cuando y le contestó esto, estábamos en la entrada de mi departamento en Tepeaca, lugar donde se encuentra mi universidad y por horario, no podía viajar, motivo por el cual, el accede a mi departamento, sin dejar que acceda un poco mas, nos quedamos en la cocina, donde comenzamos un forcejeo porque IVAN SANTOS DIAZ, referia querer arreglar las cosas, y le digo que no hay arreglo que se retirara y como me firme en mi decisión se retiro y jamas volvi a cruzar palabra con esta persona.
12.- El dia 29 de mayo del año 2019, posterior al llegar a mi domicilio mi hermana refiere que escucha a mi menor hija decirle a sus primos que hay que jugar a que se chupan la vagina, la suscrita quede sorprendida por ese comentario y me alarme aun mas
13.- El dia 01 de junio de 2019, decido acudir con medico particular, mi ginecóloga quien se encuentra ubicada en hospital puebla refiriéndole mi sospecha de lo que pudo haberle ocurrido a mi hija, posterior de hablar con la ginecóloga MARIA ROSALIA JUAREZ ROSETE, entra mi menor hija al consultorio para que le realice una revisión, refiriendo de manera verbal que no es medico legista, que ella ve desgarro de himen,
14.- El dia 15 de junio de 2019, me presento a realizar la denuncia correspondiente, radicándose bajo el numero NIC CDI- 3201/2019/UDS, narrando los hechos como se habían pasado y me toman la denuncia y mi menor hija pasa con el Medico Legista para que le revisen y se el dictamen que emite la medico Legista de nombre MARIAGLAE BOUCHAN CATALAN, concluye:
2…………………………..SE OBSERVA HIMEN SEMILUNAR CON DESGARRO ANTIGUO A LA HORA 6 CONFORME A LAS MANECILLAS DEL RELOJ.
15.- El dia veinticuatro de Junio del año 2019, me presento con mi menor hija para que se le realice la entrevista, y en presencia de la Psicologa de nombre LIC ZURISADAI FLORES PEREZ, se comienza a realizar la entrevista a mi menor hija, y le realizaron diferentes preguntas y cuando se llega al punto de los hechos que se investigan la Psicologa indica:
QUE YA NO QUIERE SEGUIR HABLANDO CON NOSOTRAS, CONTESTANDO LA MENOR “PORQUE MI PAPA ME DIJO QUE NO DIJERA NADA, SE LE PREGUNTA A LA MENOR QUE SI LE PASO ALGO. LA MENOR CONTESTA QUE SI, SE LE PREGUNTA A LA MENOR QUE LE PASO LA MENOR SE QUEDA CALLADA Y EN ESE MOMENTO SE HACE CONSTAR QUE LA MENOR SE MUERDE EL LABIO INFERIOR
16.- Existe dentro de la carpeta de investigación UN SEGUNDO INTENTO PARA OBTENER LA ENTREVISTA, en fecha seis de Julio del año dos mil diecinueve, en donde se indica que la perito en Psicologia que mi menor hija NO DESEA HABLAR, motivo por lo que se sugiere el tratamiento Psicologico el cual es brindado por parte del CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES DEL ESTADO DE PUEBLA.
17.- SE LLEVO A LA TERAPIA PSICOLOGICA Y SE REGRESO NUEVAMENTE A LA ENTREVISTA EL DIA DOS DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, NUEVAMENTE LA MENOR NO QUIZO HABLAR Y AHORA YA PRESENTA VENGUENZA Y MIEDO Y NUEVAMENTE SE REMITA AL CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE SE PROCEDA NUEVAMENTE AL TRATAMIENTO PSICLOGICO.
18.- SE DEJO UN TIEMPO DE ACTUAR EN LA CARPETA DEBIDO A QUE MI MENOR HIJA NO SE ENCONTRABA EN OPTIMAS CONDICIONES PSICOLOGICAS PARA PODER HABLAR Y RECABARLE LA ENTREVISTA.
19.- FUE HASTA EL DIA QUINCE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO CUANDO YA MI MENOR HIJA, PUDO EXPRESAR MEDIANTE MUÑECOS LUDICOS LA MECANICA DE LOS HECHOS Y ASI FUE COMO INDICO LO QUE REALMENTE PASO CON SU PROGENITOR Y SU ABUELO PATERNO.
20.- EXISTE EL DICTAMEN EN MATERIA PSICLOGIA A CARGO DE LA PERITO LIC NORMA IVETT TELLO HERNANDEZ, Y EN SU CONCLUSION INDICO:
QUE MI MENOR HIJA SE ENCUENTRA AFECTADA POR LO HECHOS DENUNCIADOS.
CON LA EXISTENCIA DE LA ENTREVISTA, EL DICTAMEN MEDICO LEGAL, EL DICTAMEN EN MATERIA DE PSICOLOGIA Y POR TRATARSE DE UN DELITO SEXUAL, NO REQUIERE DE LA EXISTENCIA DE TESTIGOS PERO AUN ASI EXISTE LA DECLARACION DE MI MADRE PATRICIA HERNANDEZ GUZMAN Y HERMANA KARLA PATRICIA SANTOS HERNANDEZ, QUIENES EN ENTREVISTA MANIFESTARON EL COMPORTAMIENTO DIFERENTE DE MI MENOR HIJA DESPUES DE VIVIR CON SU PROGENITOR Y SU ABUELO PATERNO.
CON ESTOS ELEMENTOS SE SOLICITA SE LIBRE LA ORDEN DE BUSCA, DETENCION Y APREHENSION.

LA ORDEN SOLICITA ES CONCEDIDA POR EL JUEZ ARON HERNANDEZ CHINO, SE LE LEYERON LOS CARGOS A LOS SEÑORES IVAN SANTOS DIAZ Y JAIME SANTOS PEREZ, LOS CUALES SOLICITARON ANTE EL JUEZ DE CONTROL ARON HERNANDEZ CHINO LA DUPLICIDAD DEL TERMINO Y EFECTIVAMENTE SE LES CONCEDIO.
EL DIA JUEVES DIECISIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, DESPUES DE REALIZAR EL DEBATE ENTRE EL MINISTERIO PUBLICO Y LA DEFENSA LA CUAL PRESENTO UNA SERIA DE PRUEBAS QUE FUERON DEBIDAMENTE OBJETADAS DERIVADAS DE QUE FUERON OBTENIDAS SIN LAS FORMALIDADES DE LEY, EL JUEZ CONCEDIO PLENO VALOR PROBATORIO Y RESOLVIO NO VINCULAR A PROCESO DEJANDO LIBRES A LOS IMPUTADOS
SOLICITO SE REVISE LA ACTUACION DEL JUEZ ARON HERNANDEZ CHINO, PARA LO CUAL EXHIBIRE EL AUDIO DE LA AUDIENCIA INICIAL QUE YA FUE DEBIDAMENTE SOLICITADA, PARA QUE SE VEA LA MALA ACTUACION Y DESDE LUEGO LA RESPONSABILIDAD EN LA QUE INCURRIO AL NO VINCULAR A LOS IMPUTADOS DEJANDOLOS EN COMPLETA LIBERTAD Y TODAVIA SE DA EL LUJO DE PREGUNTARLE A LA DEFENSA SI VA A REQUERIR EL AUDIO, CUANDO ES UNA PETICION QUE LE CORRESPONDE A LAS PARTES SOLICITARLE AL JUEZ, VIENDOSE SU CLARA INCLINACION HACIA LA DEFENSA LA CUAL FUE DEMASIADO DEFICIENTE.
SOLICITO LA REVISION DEL AUDIO Y VIDEO Y SE SANCIONE AL JUEZ, SOBRE SU MALA ACTUACION.
LA CAUSA PENAL ES LA NUMERO 1078/2021.
ES NECESARIO RESALTAR QUE EL MISMO JUEZ QUE CONCEDE LA ORDEN DE BUSCA, DETENCION Y APREHENSION, ES QUIEN NO VINCULA A PROCESO A LOS IMPUTADOS DE MANERA MAGINA SIN CONTAR CON PRUEBAS IDONEAS OFRECIDAS POR LA DEFENSA, POR UNA PEQUEÑA DUDA QUE LE SURGIO A DICHO JUEZ.

EL JUEZ HA VIOLADO LOS DDERECHOS DE LA MENOR M.D.L.S.S. PUES SE TRATA DE UN DELITO MUY GRAVE DONDE EXISTE:
DICTAMEN PERICIAL EN MATERIA DE MEDICINA LEGAL.
DICTAMEN EN MATERIA DE PSICOLOGIA.
SEÑALAMIENTO POR PARTE DE LA VICTIMA.

LA FALTA DE SENCIBILIDAD, PERO SOBRETODO SE ENCUENTRA DEJANDO PASAR DESAPERCIBIDO QUE SE TRATA DE UNA VICTIMA, DE UNA MUJER Y UNA MENOR DE EDAD.
RESOLUCION ILEGAL, LA ACTUACION DEL JUEZ EN LA AUDIENCIA PARECE QUE LA AUDIENCIA ES UN SIMPLE TRAMITE SIN QUE TOME LA IMPORTANCIA A LA AUDIENCIA DE QUE SE TRATE, PALABRAS NO EXISTEN PARA DESCRIBIR EL ACTUAR DEL JUEZ, SOLICITO LA INTERVENCION DE ESTE CONSEJO PARA QUE SE ESTUDIE EL ACTUAR DE DICHO JUEZ Y PARA TAL EFECTO ADJUNTO LO SIGUIENTE:
PRUEBAS:

1.- LA PRUEBA DOCUMENTAL PUBLICA.- CONSISTENTE EN LAS COPIAS DE LA CARPETA DE INVESTIGACION, NUMERO 3201/2019/UDS
OBJETO Y JUSTIFICACION
DEMUESTRO QUE EXISTEN ELEMENTOS NECESARIOS QUE JUSTIFICAN EL DELITO DE VIOLACION,
2.- LA PRUEBA DE AUDIO Y VIDEO.- CONSISNTENTE EN LA COPIA DEL AUDIO Y VIDEO DE LA AUDIENCIA INICIAL.
OBJETO Y JUSTIFICACION
LA ACTITUD QUE PRESENTA EL JUEZ DURANTE LA AUDIENCIA UNA APATIA QUE DENOTA SU FALTA DE INTERES, EN LOS PLANTEAMIENTOS DEL MININSTERIO PUBLICO.
LA COMPLACENCIA EXCESIVA QUE LE TUVO A LA DEFENSA,
POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO SOLICITO:
SE SANCIONE AL JUEZ ARON HERNANDEZ CHINO.
PUEBLA, PUEBLA A VEINTIUNO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.
C. RUBI MATILDE SANTOS HERNANDEZ.

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