Elementos de la Dirección de Seguridad Pública Municipal de Ixtacuixtla, detuvieron a dos personas hombres y una mujer, sobre la calle Los Pinos.
La Procuraduría General de la República (PGR), a través de su Delegación en Tlaxcala obtuvo sentencia condenatoria contra una persona por el delito de posesión ilícita de hidrocarburo, con una pena de prisión de seis años ocho meses de prisión, así como sanción pecuniaria de 503 mil 216.34 pesos.
De acuerdo a los hechos asentados en la carpeta de investigación, elementos de la Dirección de Seguridad Pública Municipal de Ixtacuixtla, detuvieron a dos personas hombres y una mujer, sobre la calle Los Pinos, de la comunidad de San Gabriel Popocatla de Ixtacuixtla cuando tripulaban la camioneta Pick Up roja, con placas de circulación del Estado de Veracruz, en la cual poseían dos garrafones de 20litros conteniendo el primero 19.656 litros de petrolífero Pemex Diésel y el segundo 17.241 litros de petrolífero Pemex Magna.
Las tres personas habían sido localizadas previamente por los elementos policiacos en un terreno localizado en las inmediaciones del Rancho “La Pirunera” de la localidad referida, dispuestos a traspasar mediante una manguera dos mil 752.2 litros de petrolífero Pemex Diésel almacenados en cuatro bidones a pequeños envases, por lo que, al percatarse de la presencia policiaca abandonaron una camioneta de redilas blanca, con placas de circulación del Estado de México pretendido darse a la fuga, sin embargo, los elementos policiacos les dieron alcance.
Las personas, el hidrocarburo y las unidades fueron puestos a posición del Fiscal Federal quien inició una carpeta de investigación y solicitó al Juez de Control, la audiencia en base al Sistema de Justicia Penal Acusatorio.
El Ministerio Público de la Federación, aportó las pruebas para acreditar el delito antes referido por lo que la defensa solicitó el procedimiento abreviado, omitiéndose el Juicio al declararse culpable, dictándole el Juez sentencia condenatoria de 6 años 8 meses de prisión; una persona más optó por una solución alterna al procedimiento y la otra está pendiente del proceso jurídico que sostiene.