Debido a que no se presentó ninguna información extraordinaria, el tiempo en que deba emitirse una resolución podría llegar a 90 días
En la audiencia constitucional del juicio de amparo 943/2017 sobre la cuenta pública 2003 del exedil de Puebla, Eduardo Rivera Pérez, no se presentó ninguna información extraordinaria, por lo que juez federal tendrá que resolver hasta en un plazo de tres meses.
En un comunicado de prensa, Rivera Pérez rechazó que el rumbo que ha tomado la resolución de su amparo sea producto de una negociación, esto debido a la coincidencia del desistimiento de una queja por parte del Congreso de Puebla y su designación como precandidato del PAN a la presidencia municipal de Puebla.
«Mi estrategia jurídica siempre ha sido clara, honesta y transparente: confiar en la justicia federal, ésta y la verdad no están sujetas a negociaciones», refiere el comunicado.
En marzo de 2017, derivado del incumplimiento de la Auditoría Superior del Estado (ASE) de no resolver en definitiva la solventación de observaciones sobre su cuenta pública de 2013, Rivera Pérez interpuso un amparo pues acusó que el Congreso no se pronunció sobre su cuenta dentro de los 30 días que marca el artículo 68, fracción II de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
La VERDAD es la mejor defensa. pic.twitter.com/amvbPqGn5Y
— Eduardo Rivera Pérez (@eduardorivera01) 8 de febrero de 2018
Sin embargo, diversas quejas interpuestas por el Congreso y ASE de Puebla, así como la entrega fuera de los plazos establecidos la documentación relacionada con la sanción de 25.5 millones de pesos y la inhabilitación por 12 años impuesta al panista dilataron en más de tres ocasiones la audiencia constitucional entre ambas partes y en consecuencia la sentencia del Juez Tercero de Distrito.