La figura permitía a candidatos llegar a una diputación local pese a perder las votaciones  

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificaron la reforma al Código Electoral de Puebla, donde se elimina la figura del “gran perdedor”, misma que fue impugnada por el Partido del Trabajo (PT).

Cabe señalar que esa figura siempre se entregaba a los candidatos a diputados locales que perdieron esta elección, pero que llegaban al Congreso del Estado por alcanzar el mayor número de votos dentro del partido que los postuló.

En este sentido, los ministros negaron que no hay violaciones a la reforma que presentó en su momento el diputado local del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Gabriel Biestro Medinilla, quien planteó la eliminación del gran perdedor.

“Infundado el concepto de invalidez hecho en contra del artículo 35 fracción tercera de la Constitución del Estado de Puebla, cuyo texto reformado, eliminó la asignación de una diputación mediante la figura de primera minoría, para ello se destaca que el Congreso del Estado de Puebla actúo con libertad configurativa para reglamentar la fórmula en que deberá integrarse su órgano legislativo, pues no contravino ninguna de las bases que se desprenden del artículo 116 de la Constitución Federal”.

Dijeron que en realidad la formula respeta principios de mayoría relativa y representación proporcional, según se dispone en los artículos 33 de la Constitución Política local y 16 del propio Código Electoral del Estado de Puebla, por lo que queda firma la eliminación de la figura de “el gran perdedor”.

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