Se determinó como ilegal la participación de la asociación civil denominada “Movimiento Antorchista Poblano».
Un conflicto interno entre integrantes de Antorcha Campesina fue lo que ocasionó que esta agrupación no logrará constituirse en partido político, aseguró el Instituto Electoral del Estado (IEE), a través de un comunicado.
En el mismo texto, se señala que, las asambleas por si solas no son un requisito que sirva, por si solo para la creación de un nuevo partido, además de que la intención para convertirse en partido se presentó de manera extemporánea.
En relación con el acuerdo aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado, por el que se determinó como ilegal la participación de la asociación civil denominada “Movimiento Antorchista Poblano», en el procedimiento para la constitución de partido político local del Estado de Puebla 2019-2020, el Instituto Electoral del Estado (IEE) precisó lo siguiente:
1.- Es incorrecto, como se ha mencionado en algunos medios, que el IEE, tanto sus Consejeras y Consejeros Electorales, como la Junta Ejecutiva, hayan aceptado tácitamente el cambio de denominación de la agrupación que inició los trámites, es decir, de “Podemos Puebla” a “Movimiento Antorchista Poblano”, puesto que es precisamente la existencia de un conflicto, entre la y los ciudadanos originalmente firmantes del oficio de intención de conformación de un partido político, lo que genera la actuación del mencionado órgano colegiado.
2.- Como se ha dicho, persiste una inconformidad por una de las personas miembros de la organización “Podemos Puebla”, respecto al cambio de denominación, razón que se ponderó legalmente como un elemento en la determinación del Consejo General del IEE.
3.- Es también incorrecto que por el hecho de que la asociación civil “Movimiento Antorchista Poblano” haya cumplido con la celebración de sus asambleas y la afiliación de los militantes requeridos pueda constituirse ya como partido político local, puesto que ello sólo es una de las etapas previstas en la normatividad.
4.- Es importante destacar, como se ha informado puntualmente, que se consideró ilegal la participación de la asociación civil “Movimiento Antorchista Poblano ”, ya que viola los artículos 11 de la Ley General de Partidos Políticos (LGPP) y 32 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, que imponen la obligación a cualquier organización de ciudadanos que busque constituirse en un partido político en el Estado de Puebla, informarlo al Consejo General en el mes de enero del año siguiente al de la elección de Gobernador.
La asociación civil “Movimiento Antorchista Poblano” manifestó su intención de convertirse en partido político local a la Dirección de Prerrogativas y Partidos Políticos hasta octubre pasado, por lo que se considera tales hechos como no ajustados al principio de legalidad.
5.- Por último, es preciso señalar que la Sesión del Consejo General en la que se tomó el Acuerdo referido, se llevó a cabo con todas las formalidades establecidas en la normatividad, además que fue cubierta sin restricciones por varios medios informativos, entre ellos, Agencia Enfoque, 24 Horas y ABC Radio, además de que se transmitió en vivo en Periscope y Twitter.