Para eso aprobaron enviar un exhorto al Poder Ejecutivo local a fin de que reforme el Reglamento de la Ley de Comunicaciones y Transportes del Estado.


Los integrantes del Congreso del Estado solicitaron al titular del Poder Ejecutivo local, Marco Antonio Mena Rodríguez, que realice las reformas pertinentes al Reglamento de la Ley de Comunicaciones y Transportes del Estado para ampliar de 10 a 13 años el periodo de uso legal de las unidades vehiculares de transporte público.

La propuesta de exhorto fue presentada por Miguel Piedras Díaz y a pesar de la opinión en contra, nuevamente, del diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Omar Milton López Avendaño, quien calificó dicha propuesta como “populista” para generar simpatía con el sector transportista, y no contenía un motivo legal lo que podría quedar establecido con la renovación de la Ley de Comunicaciones y Transportes del Estado donde se integrara dicha propuesta pero ya con el nivel de ley.

No obstante, el diputado local del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) defendió su exhorto, al mencionar que “económicamente no resulta redituable para el concesionario estar cambiando su vehículo cada 10 años por uno nuevo, hay que reconocer que los vehículos nuevos resultan muy caros para el concesionario que sólo tiene una unidad, por lo que le exige una cuenta al chofer y este tiene que andarse correteando para sacar la cuenta y para pagar la gasolina, que también está muy cara, y además tiene que sacar el sustento de su familia”.

Incluso, el legislador mencionó que con un buen mantenimiento a la unidad vehicular puede ampliarse su tiempo de vida útil hasta 13 años, por lo que dijo que era viable su petición.

Y es que en ese sentido, el reglamento de la Ley de Comunicaciones y Transportes del Estado en Materia de Transporte Público y Privado establece en el Capítulo II del Registro de las Concesiones, autorizaciones, y permisos en su artículo 30 establece que “cuando el concesionario realice cambio de unidad vehicular del servicio público de transporte de personas, deberá cubrir los siguientes requisitos: IV. “Exhibir factura o carta factura que ampare la propiedad de la unidad vehicular, a nombre del concesionario, permisionario o autorizado, cuyo modelo en ningún caso podrá ser anterior a diez años de la fecha de trámite”.

En tanto que el Capítulo VIII De las Obligaciones de los Concesionarios, Autorizados y Permisionarios en el artículo 69 fracción XV, establece “Realizar el cambio de vehículos cuando corresponda o lo requiera la Secretaría, que en ningún caso podrá ser menor de diez años”. Por lo que los diputados aprobaron el exhorto para el titular del Poder Ejecutivo a fin de que reforme el Reglamento de la Ley de Comunicaciones y Transportes en el Estado de Tlaxcala en Materia de Transporte Público y Privado en lo relativo a la ampliación del periodo de uso legal de las unidades vehiculares destinadas al servicio público de personas, ampliando el periodo a los 13 años.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *