El Segundo Tribunal del Consejo de la Judicatura Federal resolvió no amparar ni proteger a José Juan Espinosa contra la orden de aprehensión en su contra y otros actos reclamados en el amparo 313/2023 que solicitó el ahora candidato a diputado.
La noticia fue dada a conocer por Periódico Central, en el documento disponible en la página del consejo de la Judicatura Federal señala que se mantiene vigente la orden de aprehensión obsequiada por la jueza de oralidad el seis de agosto de 2022 y que debe ser ejecutada por la Agencia Estatal de Investigación de la Fiscalía General del Estado.
En el documento señala que tampoco se ampara al quejoso por los actos reclamados contra el Congreso del estado y el gobernador del estado:
“consistentes en la discusión, aprobación expedición y promulgación del Decreto por el que se reforman los artículos 432 y 433 del Código Penal para el Estado de Puebla”
Estos artículos forman parte de la sección séptima en la que se tipifica el delito de enriquecimiento ilícito y la medida cautelar para su sanción:
Artículo 433 Al responsable del delito de enriquecimiento ilícito, se le impondrá de dos a once años de prisión y multa de diez a cien veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de la comisión del delito y decomiso en beneficio del Estado o municipio de aquellos bienes cuya honesta procedencia no acredite”.
José Juan Espinosa dejó el Congreso del Estado durante la administración del ex gobernador Miguel Barbosa Huerta por una orden de aprehensión en su contra y salió el país. Él argumentó que fue un perseguido político.
Tras la muerte de Barbosa Huerta, Sergio Salomón Céspedes Peregrina asumió el cargo de gobernador y José Juan Espinosa regreso a la política poblana, pero ahora como uno de los mayores críticos de la 4T y del presidente Andrés Manuel López Obrador y obtuvo la candidatura por la coalición PAN-PRI-PRD-PSI.
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