La propuesta de la diputada de Encuentro Social busca que los acosadores pasen entre tres meses y un año de prisión para quienes sean denunciados por actos de acoso en la calle, espacios comunitarios y transporte público.
Para evitar el acoso físico y verbal en la vía pública, espacios comunitarios y transporte público de Puebla, la bancada del Partido Encuentro Social en el Congreso local buscará castigar está conducta hasta con un año de prisión. La propuesta de reforma al Código Penal del Estado fue enviada al Congreso de Puebla por la coordinadora del grupo legislativo, Mónica Lara Chávez, a través de ocurso ciudadano, y fue turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia.
La diputada local argumentó que en 2019, Puebla se convirtió en la ciudad con la mayor percepción de inseguridad, al registrar un 92.7% en este apartado, según la Encuesta Nacional de Percepción de la Seguridad Pública Urbana (ENSU), del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).
Agregó que el estudio reveló que 19.4% de la población mayor de 18 años (mujeres y hombres) ha sido víctima de violencia sexual o acoso en lugares públicos, destacando que el 27.2% son mujeres, mientras que 10.1% fueron hombres. La iniciativa plantea adicionar al Capítulo Undécimo del Código Penal la Sección Novena denominada «Acoso en espacios comunitarios, de Libre Acceso y en el Transporte Público.
» Es esta sección se agrega el artículo 278 Decies, en el que se plantea sanciones de tres meses a un año de prisión y mitad económicas de entre mil 768 a cuatro mil 422 pesos a quien acose a una persona con fines lascivos de manera física o verbal.
Esta iniciativa también plantea castigar la captación de imágenes o videos a una persona sin su consentimiento, sin la necesidad de que la persona acosadora y el acosador mantengan relación entre sí. A quien en espacios comunitarios, de libre acceso o en transporte público, asedie o acose a una persona con fines lascivos expresándose de manera verbal o física mediante la realización de actos o acciones de tipo erótico o lujuriosas como caricias, manoseos y tocamientos corporales obscenos, persecución o captación de imágenes o videos a una persona sin su consentimiento y sin que mantengan la persona acosadora y la acosada relación entre sí, se le impondrá una pena de tres meses a un año de prisión y multa de veinte hasta de cincuenta días multa».
Asimismo, si la persona agraviada es menor de edad o no tiene capacidad para comprender el significado del hecho la pena se incrementará hasta en un tercio. La manera en la que se investigaría y procedería por este delito sería mediante una denuncia presentada por la persona acosada.
En la ciudad de Puebla se reformó el Código Municipal Reglamentario para permitir que las mujeres pudieran denunciar un acto de acoso en su contra en la vía pública con hasta 36 horas de cárcel y la obligación de tomar un curso de sensibilización y concientización sobre acoso callejero.