El Consejo General del instituto aprobó medidas cautelares en contra de los tres institutos políticos.
En un plazo no mayor a 48 horas, los partidos Movimiento Ciudadano (MC), Impacto Social Sí (PISS) y Fuerza por México, deben eliminar la propaganda pintada en zonas indebidas en los municipios de Tlaxcala y Chiautempan, de no cumplir con la medida cautelar se podrían hacer acreedores a una multa prevista en el Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Tlaxcala de Elecciones (ITE).
Las y los integrantes del Consejo General del ITE avalaron en sesión extraordinaria de este jueves, desahogaron los tres procedimientos especiales sancionadores promovidos en contra de los tres institutos políticos.
Con base a los resolutivos de los procedimientos especiales sancionadores, ordenaron al Partido Impacto Social SI, proceda a retirar (elimine, borre o blanquee) los anuncios pintados en los accidentes geográficos ubicados en el Libramiento Instituto Politécnico Nacional sin número, Tepehitec, municipio de Tlaxcala, así como en el ubicado en la barda perimetral ubicada a pie de la carretera Vía Corta Santa Ana-Puebla, específicamente a la altura del mercado denominado “Carlos Salinas o Mercado Nuevo del municipio de Chiautempan.
En el caso del partido Movimiento Ciudadano, el ITE le ordenó proceda a retirar (elimine, borre o blanquee) los anuncios pintados en los accidentes geográficos ubicados en Libramiento Instituto Politécnico Nacional, sin número, Tepehitec.
Mientras que el partido Fuerza por México debe retirar (eliminar, borrar o blanquear) los anuncios pintados en la barda perimetral ubicada a pie de la carretera Vía Corta Santa Ana–Puebla, específicamente a la altura del mercado denominado “Carlos Salinas o Mercado Nuevo”, previniéndolo para que en sus actos se ajuste a lo señalado en el contenido de los artículos 250, numeral 1, inciso d) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y 174, fracción I, de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala.
El ITE advirtió a los institutos políticos que en caso de incumplimiento a la resolución dentro del término concedido, 48 horas, podrá ser acreedor a la imposición de una medida de apremio consistente en multa, prevista en la fracción III, del artículo 34, del Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones.