También se aprobaron acciones de imparcialidad que deben observar los gobiernos federal, estatal y municipal, así como los servidores públicos durante las campañas.
En sesión ordinaria del Consejo General del Instituto Electoral del Estado, se aprobaron los Lineamientos para la operación del Registro de personas sancionadas por violencia política contra las mujeres en razón de género o por su delito equivalente, o por los delitos de violencia familiar, o por incumplimiento de la obligación alimentaria.
Estos Lineamientos tienen por objeto establecer las bases para el funcionamiento del registro, integración, actualización, consulta pública y la incorporación de personas sancionadas, con base a la información compartida entre el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), el Honorable Tribunal Superior de Justicia (HTSJ), la Fiscalía General del Estado (FGE) y el Instituto Electoral del Estado (IEE), en el ámbito de sus respectivas competencias.
Entre los datos que serán del conocimiento público a través de la página de internet de este Organismo se incluyen, además del nombre, ámbito territorial, partido político, coalición o candidatura común o independiente, los datos de identificación de la resolución firme o ejecutoriada, a partir de la fecha del inicio del Proceso Electoral Federal.
De igual forma, fueron aprobadas las acciones de imparcialidad que deben observar los gobiernos federal, estatal y municipal, así como los servidores públicos durante las campañas electorales y la jornada electoral, a fin de marcar la pauta en el actuar de funcionarios públicos, con el objetivo de evitar conductas que pudieran influir en la decisión del electorado.
Estas acciones de imparcialidad no impiden el desarrollo de las funciones y actividades de las y los servidores públicos ni entes de gobierno, al contrario, señala las infracciones en las que se puede incurrir en caso de atentar contra la imparcialidad y equidad en el proceso electoral.
Algunos de los puntos incluidos en el documento son: evitar el uso recursos públicos, materiales y humanos para difundir propaganda que pueda influir o inducir el sentido del voto de electores, no utilizar medios de transporte de propiedad pública para asistir a eventos político-electorales, suspender campañas de difusión de programas de gobierno en medios de comunicación social, entre otros.