El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), celebró su sesión ordinaria del mes de abril en la que aprobó por unanimidad de votos el primer expediente relativo a una organización interesada en constituirse como partido político local y amonestó a autoridades del ayuntamiento de San Lucas Tecopilco.
El primer expediente abordado fue el número TET-JE-010/2023, en el que se dio por cumplida la sentencia dictada el pasado 24 de marzo, ya que el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) aprobó un acuerdo para dar cumplimiento a lo ordenado por la autoridad jurisdiccional, a través de la que efectuó una amonestación pública al Partido del Trabajo.
El expediente TET-JDC-019/2023, presentado por la organización “Unificación y Evolución” en contra del acuerdo ITE-CG-23/2023 aprobado por el Consejo General del ITE por el que se resolvió un procedimiento ordinario sancionador, por el incumplimiento parcial de la organización con su obligación de informar mensualmente al ITE sobre el origen y destino de sus recursos, fue reencauzado a juicio electoral, por ser este, la vía correcta para atender lo demandado por la organización.
La resolución del expediente TET-JDC-008/2023, interpuesto por la Cuarta Regidora del Ayuntamiento del Municipio de San Lucas Tecopilco, en contra del Presidente y Tesorero municipales, estableció parcialmente fundados los agravios demandados, por la falta del pago de remuneraciones de algunas quincenas y aunque no se acreditó la existencia de violencia política en razón de género, se dejaron a salvo los derechos de la actora para que, de así considerarlo, acuda vía Procedimiento Especial Sancionador ante el ITE y pueda denunciar los actos y hechos que considere puedan actualizar violencia política por razón de género en su contra, derivado de la omisión acreditada en esta sentencia.
Asimismo, ante el incumplimiento de lo solicitado por esta autoridad jurisdiccional para la sustanciación de este juicio, por parte del Presidente Municipal y Tesorero de San Lucas Tecopilco, se determinó imponerles amonestaciones públicas, al incumplir con lo establecido en la Ley de Medios de Impugnación que prevé que todas las autoridades del Estado, deben cooperar y prestar auxilio al Tribunal Electoral en el trámite de los medios de impugnación.
En el Juicio de la Ciudadanía TET-JDC-006/2023 relativo a la impugnación del proceso y resultados de la elección de Presidente de Comunidad de San Miguel de Milagro, Municipio de Nativitas, misma que se llevó a cabo a través del sistema de usos y costumbres, el TET determinó tratar el asunto con perspectiva intercultural, por lo que para resolverlo, se hará llegar de los elementos de prueba suficientes que permitan conocer el contexto social y cultural de la controversia planteada, de ahí que requirió al Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), a través de su oficina en Tlaxcala, para que, por medio de un profesional en la materia, emita un dictamen antropológico.
Finalmente, el Juicio de la Ciudadanía TET-JDC-009/2023, promovido por el Presidente de Comunidad de Guadalupe Victoria del Municipio de Tepetitla de Lardizábal, en contra de actos del Presidente y la Tesorera del Ayuntamiento fue declarado como juicio concluido, dado que el actor se desistió de la acción.
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