El Tribunal Electoral revocó el tope de gastos personales de campaña de 220 mil pesos que aprobó el INE y ordenó que fije montos diferenciados por cargo, al considerar que no es racional ni razonable que se pretenda que una persona que es candidata para un puesto nacional pueda recorrer el país con ese dinero, por lo que esto afectaría sus derechos a ser votadas.

El INE aprobó un tope de gastos personales de campaña para todos los cargos de la elección judicial, desde juzgados de distrito hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación de 220 mil 326 pesos con 20 centavos, es decir, tres mil 672.10 pesos diarios de manera genérica.

Sin embargo, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó el acuerdo con un proyecto del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón que respaldaron Mónica Soto, Felipe Fuentes y Felipe de la Mata sin que alguien del bloque mayoritario explicara el razonamiento de sus votos para apoyar tumbar el acuerdo.

El INE se basó en que el artículo 522, numeral 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, señala textualmente, que el Consejo General deberá establecer los topes, con la restricción de que “no podrán ser superiores al límite de aportaciones individuales que pueden realizar las personas candidatas independientes a diputaciones”, es decir, los 220 mil pesos.

Pero el Tribunal Electoral respaldó considerar que este monto sea la base y no el tope, pues el magistrado Rodríguez Mondragón explicó que este es el tope por distrito federal, por lo tanto, ese debe ser el parámetro para ajustar los topes de cada cargo.

“Existen 300 distritos electorales uninominales que tienden a ser conjuntos iguales de personas electoras. Ahora bien, esto no significa que el resultado de la multiplicación deba establecerse como monto máximo, que es de 66 millones. Se trata únicamente de un límite superior”.

Rodríguez Mondragón propuso que el INE establezca montos diferenciados considerando el órgano a elegir o la elección, la cantidad de electores y el territorio que abarca cada elección; pues no pueden ser comparables los gastos personales de una persona que compite por la Suprema Corte con injerencia nacional, a una que compite por un distrito judicial que es un territorio delimitado.

Sobre todo, ante todas las restricciones que la propia reforma impuso, “como que no pueden contratar en radio y televisión, o no pueden contratar para potenciar en redes sociales, que no pueden contratar en espectaculares o en medios de comunicación que estén en vía pública”.

Por lo que insistió en que el INE debe hacer posible que todas las candidaturas ejerzan sus derechos en lo que sí les permite la ley que es imprimir propaganda y recorrer las calles, además de participar en los foros gratuitos a los que se les invite.

“La autoridad administrativa tiene que hacer una lectura racional y razonable no sólo de un artículo, sino de todo el diseño que implica implementar la libertad de ser votado y de votar.

“¿Es plausible, es razonable que con 220 mil pesos la ciudadanía reciba toda la información necesaria para definir sus preferencias electorales de manera informada? Desde mi punto de vista no, eso no es razonable. Y si no es razonable, no es racional, no sería proporcional, ¿generaría condiciones de inequidad? Por supuesto”.

La magistrada Janine Otálora fue la única que rechazó esta propuesta, pues consideró que la ley es clara en que los topes de gastos de campaña no pueden superar el monto de las aportaciones de 220 mil pesos, por lo que de lo contrario, se está incumpliendo con esta disposición legal.

Por lo que su postura, coincidía con la del consejero Uuc-kib Espadas en el Consejo General del INE, en que los topes sí deben ser diferenciados por cargos, pero en lugar de elevarlos, los 220 mil pesos tendrían que ser el tope máximo para los cargos federales y los demás, menores.

“Si bien, puedo acompañar la propuesta de topes diferenciados por tipo de elección, debemos tener cuidado de no inflar y elevar sustancialmente los topes en detrimento de quienes no disponen de grandes recursos. En mi concepto, lo que en realidad hace el proyecto sin justificarlo es inaplicar la disposición que señala que ‘no podrán ser superiores’ a este límite.

“Llegamos al extremo de considerar el monto máximo que prevé por concepto de topes como un punto de partida, es decir, se modifican de alguna manera la finalidad de la norma. Por lo tanto, considero que si bien el INE debe determinar topes de gastos diferenciados en función al tipo de elección de que se trata, se debe respetar el límite establecido, de ahí que en mi opinión los distintos topes deben graduarse, estoy de acuerdo, pero a la baja”.

Otálora además, señaló que incrementar los gastos lleva a que se generen inequidades, pues si el dinero sólo puede ser personal de cada candidatura, sin financiamiento público ni privado, se les orilla a que sólo quienes tienen más recursos puedan realizar esta campaña.

“Si se elevan los topes de gastos de campaña en demasía, lo único que se va a generar es una ventaja para las candidaturas que tengan mayor capacidad económica, distorsionando con ello la cancha pareja que debe prevalecer cuando lo que se debe impedir es que las diferencias de recursos afecten la equidad en la contienda.

“Garantizar una cancha pareja para las y los contendientes, por lo que debe evitarse que el dinero sea el que marque la diferencia en la contienda. Es decir, que aquellas candidaturas con mayor capacidad de gasto, desplace injustamente a aquellas que gocen en lo personal, recursos mucho más limitados”.

Sin embargo, sin comentario alguno del bloque mayoritario que respaldó la propuesta de revertir el acuerdo del INE, el Consejo General deberá crear una nueva fórmula que vaya en contra de este límite legal y ahora, considerarlo sólo como una base.

En la sesión del INE, la consejera presidenta, Guadalupe Taddei, proponía montos diferenciados que fijaban los gastos personales de candidaturas nacionales que son la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para el Tribunal de Disciplina Judicial y la Sala Superior del Tribunal Electoral en un millón 468 mil 841.33 pesos; para magistraturas regionales del TEPJF en 881 mil 304.80 pesos; magistraturas de circuito en 413 mil 111.63 pesos y juzgados de distrito en los 220 mil 326.20 pesos, pero fue rechazado por la mayoría al considerar que la ley era clara en el límite que se debía respetar.

Con información de Milenio

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