El alegato del IFT es que no cuenta con el presupuesto suficiente para instalar, operar, regular y mantener el registro del padrón.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) una suspensión parcial contra el Padrón de Usuarios de Telefonía Móvil como parte de la controversia constitucional promovida para impugnar la reforma, publicada el 16 de abril.
“Se niega la suspensión en los términos solicitados por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, bajo los argumentos contenidos en el cuerpo del presente acuerdo. Se concede la suspensión solicitada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, en los términos y para los efectos que se indican en este proveído”, señala el acuerdo.
Cabe recordar que el IFT, a través del Comisionado Presidente Adolfo Cuevas Teja, indicó en sus alegatos del pasado 26 de mayo -cuando presentó la controversia constitucional-, que no cuenta con el presupuesto suficiente para instalar, operar, regular y mantener el registro del padrón.