El pleno del INAI consideró improcedente la reserva de información en la autorización provisional a las obras del Tramo 4 del Tren Maya, por lo que revocó la respuesta de la Semarnat
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) entregar la autorización provisional otorgada para la construcción del Tramo 4 del Tren Maya, al considerar que la reserva de información en este caso es «improcedente».
Al presentar el caso ante el Pleno, la comisionada presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena, señaló que, de acuerdo con lo informado por la titular de la Semarnat, la autorización provisional del Tramo 4 fue otorgada con base en el acuerdo presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 22 de noviembre de 2021, con el cual se declaró de interés público y de seguridad nacional la realización de proyectos y obras de infraestructura a cargo del gobierno federal: pero, además, instruye a las dependencias y entidades a otorgar la autorización provisional a la presentación u obtención de los dictámenes, permisos o licencias necesarias para iniciar los trabajos correspondientes.
“Por ello, resulta relevante garantizar la transparencia en los procedimientos derivados de la aplicación del acuerdo, pues así la sociedad podrá valorar la actuación de las autoridades administrativas en la emisión de autorizaciones provisionales, que permiten la ejecución de un proyecto de infraestructura que es clave para la Administración Pública Federal y que, claramente, tiene efectos sobre el medio ambiente y los recursos naturales de la nación”, enfatizó.
Ibarra Cadena recordó que el pleno del INAI promovió en diciembre de 2021, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), una controversia constitucional contra el acuerdo referido, entre otros aspectos, porque se traduce en un obstáculo en la aplicación del principio de máxima publicidad, en la medida en que dificultaría la difusión y entrega de la información relacionada con proyectos de infraestructura, al considerarlos de seguridad nacional.
“La Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó la suspensión respecto de esta vertiente, al considerar que la reserva general que se deriva del Acuerdo presidencial afecta nuestra competencia, ya que nos corresponde velar por el derecho de acceso a la información pública”, destacó el organismo en un comunicado.
Ante este permiso a las obras, la persona que solicitó conocer la autorización provisional se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INAI, debido a que la Semarnat reservó la información, con base en el artículo 110, fracción Octava, de la Ley Federal de Transparencia, argumentando que forma parte de un proceso deliberativo.
La dependencia alegó que proporcionar información sobre las autorizaciones provisionales podría «generar presiones para las personas servidoras públicas involucradas en la toma de decisiones, lo cual afectaría su imparcialidad al momento de emitir una resolución».
Sin embargo, en el análisis del caso, a cargo de la ponencia de la comisionada presidenta del INAI, se concluyó que la reserva de información es improcedente, pues la Semarnat no acreditó la existencia de un procedimiento deliberativo en trámite, del cual forme parte la autorización provisional otorgada para la construcción del Tramo 4 del Tren Maya, además, se advirtió que se trata del documento en el que se sustenta la realización de los trabajos del proyecto.
Además, se constató que la dependencia federal respondió a una solicitud presentada anteriormente una copia del oficio con el que se autorizó el Tramo 5 del Tren Maya.
“Advertimos que, para solicitudes de la misma naturaleza, pero para tramos distintos del Tren Maya, el sujeto obligado ha utilizado distintos criterios; mientras en este asunto clasificó la información por tratarse de una autorización provisional, en la solicitud con diverso folio proporcionó la documentación que da cuenta del permiso provisional del Tramo 5”, subrayó Ibarra Cadena durante la sesión del pleno.
Por lo expuesto, el pleno del INAI revocó la respuesta de la Semarnat, a efecto de que proporcione al particular la autorización provisional otorgada para la construcción del Tramo 4 del Tren Maya.