Margarita Zavala externó su desacuerdo con la decisión de los magistrados; en tanto Armando Ríos confía en entrar también a las boletas

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al INE inscribir en la elección presidencial como candidato independiente a Jaime Rodríguez Calderón, alias El Bronco, después que violó su derecho de audiencia, al negarle revisar la totalidad de sus apoyos inválidos y sin darle oportunidad de preparar argumentos y pruebas para defenderse.

Tras la decisión aprobada por cuatro de los tres magistrados del TEPJF, la candidata independiente a la Presidencia de la República, Margarita Zavala, criticó al máximo tribunal electoral del país.

En entrevista con Ciro Gómez Leyva, se dijo respetuosa de las autoridades electorales, pero no de esta aprobación; incluso externó su preocupación por esta resolución, pues «no podemos tener un sistema en donde el engaño y la simulación sean más poderosos que la fuerza de hacer el bien», dijo.

Otro que también busca el apoyo del TEPJF para ser candidato presidencial independiente es Armando Ríos Piter, quien dijo que tiene «plena confianza en estar en la boleta» del próximo 1 de julio, «porque la chamba se ha hecho”.

Cabe destacar sobre el caso de El Bronco que la sentencia del Tribunal retoma que en la segunda fase de revisión en el Instituto Nacional Electoral (INE) recuperó 8.2 por ciento de firmas; sin embargo, no le permitieron la revisión de las otras 418 mil, pese a que sólo le falta16 mil rúbricas para lograr su registro como candidato independiente.

Votaron a favor fueron, Alfredo Fuentes, José Luis Vargas, Mónica Soto e Indalfer Infante. En contra, la magistrada Janine Otálora y los magistrados Felipe de la Mata y Reyes Rodríguez Mondragón.



Al presentar su ponencia, el magistrado Alfredo Fuentes Barrera explicó que “esa imposibilidad de subsanar la totalidad de los apoyos se debió a que la autoridad, de manera unilateral y sin justificar, fundada y motivadamente el por qué previamente determino qué casos eran subsanables y cuáles no atendiendo a esta circunstancia, las revisiones preliminares no cumplen con las características necesarias para considerarse un ejercicio de debido proceso acorde con los estándares convencionales y constitucionales”.



Los magistrados también avalaron otorgar 10 días a Armando Ríos Piter para que demuestre que tiene las firmas necesarias, ya que consideraron insuficientes cinco días para revisar más de 800 mil apoyos ciudadanos.

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