La Cámara Alta aprobó anoche despenalizar el consumo personal de la marihuana.
Aunque aún falta que la Cámara de Diputados discuta y apruebe la despenalización del uso lúdico o adulto de la marihuana, este jueves el dictamen avanzó en el Senado.
En lo general y en lo particular, la Cámara Alta aprobó esta noche despenalizar el consumo personal de la marihuana. Si el dictamen es aprobado por los diputados, las personas podrán cargar con hasta 28 gramos de la yerba y tener de seis a ocho plantas de marihuana en sus casas, sin terminar en la cárcel.
A continuación te presentamos algunos puntos clave del documento aprobado esta tarde por el Senado y que fue enviado a San Lázaro para su discusión.
1.- Señala que las personas mayores de 18 años tendrán permitido consumir cannabis psicoactivo.
2.- Se amplía de cinco a 28 gramos la posesión para autoconsumo; es decir, despenalizada y que no amerita sanción; de entre 28 y 200 gramos, se convierte en posesión simple y amerita sanciones administrativas o multas; de 201 gramos a 28 kilos, se le considera posesión para narcomenudeo y de 28 kilos en adelante, se considerará narcotráfico.
3.- También se amplía la cantidad de plantas de cannabis que las personas pueden tener en su casa, para consumo personal: seis para personas que vivan solas y hasta ocho si viven más de dos consumidores en una misma casa.
4.- Se elimina la exigencia a los consumidores de tener barreras físicas en las casas que eviten que otras personas no consumidoras aspiren el humo; así como la facultad que se le daba al Ministerio Público para hacer revisiones domiciliarias a consumidores registrados.
5.- Entre los cambios de último momento está la liberación de personas procesadas o sentenciadas por posesión simple. Además, en un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor del decreto, deberán eliminárseles sus antecedentes penales
6.- También se contempla que al entrar en vigor, en un plazo no mayor de seis meses, se deberá desarrollar un programa nacional de prevención y tratamiento de adicciones con énfasis en el no consumo de cannabis psicoactivo y no psicoactivo enfocado a niños y adolescentes.
7.- En el documento también se prohíbe el consumo de marihuana en establecimientos comerciales con acceso público, en escuelas públicas y privadas e instalaciones gubernamentales, así como en todos los lugares donde también se prohíba el consumo de tabaco. También se establece que habrá sanciones a quienes consuman en lugares abiertos a donde puedan acceder niños y adolescentes.