El titular de la dependencia Jorge Estefan Chidiac dijo que la empresa tendrá hasta seis meses para desalojar el inmueble histórico que data del Siglo XVII.
El gobierno del estado rescindirá el comodato por 30 años entregado a la empresa Barra Operadora de Centros Culturales SAPI de CV para el usufructo del inmueble del siglo XVII que ocupó el ex hospital psiquiátrico del Templo de San Roque.
El secretario de Finanzas y Administración (SFA), Jorge Estefan Chidiac indicó que la firma que se había comprometido a instalar en el edificio histórico un museo de cera y tecnología, incumplió las clausulas del comodato al no preservar el inmueble y tardar tres años en concretar el proyecto museográfico.
Revela @EstefanChidiac que la Secretaría de Finanzas rescindirá comodato del ex hospital San Roque
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— URBANO (@urbano_noticias) 19 de marzo de 2019
Estefan Chidiac apuntó que antes de iniciar el procedimiento de revocación, se escuchará al comodatario y se revisará qué documentos había tramitado ante las diferentes instancias.
No obstante, subrayó que la información obtenida hasta ahora indica que no se había realizado una sola acción en el lugar durante los últimos cuatro años y las que emprendió, no tenían autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) y tampoco fueron notificadas a su dependencia.
Comentó que el contrato establece que el comodatario tiene seis meses para desalojar el inmueble, pero se buscará que esto se haga de forma inmediata. Adicionalmente, mencionó que ya hay una denuncia ante la Fiscalía General del Estado, que además indagará si hubo una comercialización ilegal de las piezas sustraídas del museo.
De acuerdo con información en poder de Urbano Puebla, el contrato fue firmado en enero de 2015 durante el gobierno de Rafael Moreno Valle Rosas.
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En la cláusula octava del documento refiere tajantemente que una vez cerrado el acuerdo con el gobierno de Puebla, el comodatario “asume la total responsabilidad de la pérdida o deterioro del inmueble”
Además, su cláusula novena agrega que éste será rescindido si «por negligencia, dolo o cualquier otro hecho imputable al comodatario, el inmueble haya sufrido o pueda sufrir algún daño o deterioro».
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