La institución ha enviado ocho exhortos de este tipo a la entidad poblana, denuncian activistas


Puebla es la segunda entidad que ha recibido más recomendaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por violaciones del derecho al agua, sólo debajo del estado de Tabasco, denunciaron organizaciones defensoras del derecho al vital líquido y el territorio.

Integrantes de la Asamblea Social del Agua (ASA)
  continuaron con las temáticas del foro por el Día Mundial del Agua, -que se iniciaron el pasado 22 de marzo en la capital del estado- en el municipios de Zautla, donde se denunció además de la privatización del servicio del agua potable de parte de los gobiernos estatal y municipal de Puebla, las violaciones a los derechos documentadas por la CNDH relacionadas con el vital líquido.

Eduardo Sierra, académico de la Universidad Iberoamericana y miembro del Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría, reveló que el estudio sobre Ciudades Sostenibles y Derechos Humanos emitido por la CNDH en junio de 2017, documenta que en el historial del organismo,  Puebla suma 8 Recomendaciones por violaciones del derecho al agua, sólo por debajo de Tabasco que cuenta con 18 Recomendaciones, lo que los convierte en los estados que lideran las violaciones en el país.

El estudio establece que Puebla ha documentado casos relacionados corte del servicio de agua sin motivo; suministro de agua potable en riesgo o contaminada, inadecuada prestación de servicios y la limitada capacidad de los servicios de agua potable y saneamiento ambiental.

Puebla, ocupa el segundo lugar en el país en violar el derecho humano al agua

Con ocho recomendaciones de la CNDH Puebla ocupa el segundo lugar de las entidades del país por violación al derecho humano al agua. La Recomendación 10/2017, fue el reciente señalamiento emitido dirigido a los tres niveles de gobierno ante la contaminación de los ríos Atoyac, Xochiac o Hueyapan y sus afluentes por aguas residuales, en agravio a los habitantes de los municipios de San Martín Texmelucan y Huejotzingo en el estado de Puebla y a los residentes de los municipios de Tepetitla de Lardizábal, Nativitas e Ixtacuixtla de Mariano de Matamoros en el estado de Tlaxcala.

En tal exhorto se argumenta que la contaminación de los ríos y sus afluentes por sustancias químicas puede provocar profundos daños por sus implicaciones adversas en los sistemas reproductivos, inmunológicos, endócrinos y desarrollo de los habitantes que se localizan en esas zonas y que usan el agua como sustento de sus vidas.

Este caso se sumó a las Recomendaciones de la CNDH para revertir la suspensión o amenaza de suspensión del servicio de agua potable y se señalan como responsables a distintos presidentes municipales de Atlixco,  Teopantlán, Tlacotepec de Benito Juárez, Ajalpan y San Juan Ixcaquixtla, a quienes se solicita reconectar el servicio de agua potable, actuar de acuerdo con la ley y abstenerse de violar los derechos humanos de los ciudadanos, vigilar que el goce del servicio público no se condicione a pactos, usos o costumbres en agravio de los usuarios, abstenerse de suspender el servicio de agua potable a los usuarios, brindar capacitación relativa al respeto de los derechos humanos, principalmente los relacionados con la seguridad jurídica y el derecho al agua, así como girar instrucciones al agente del Ministerio Público Investigador, para que proceda al inicio de la averiguación previa con motivo  de los hechos y actuar de acuerdo a la ley y al respeto de los derechos humanos.

En el municipio de Molcaxac, Puebla se documentó el caso de la falta de respuesta a una solicitud de exención de un pago injustificado por el servicio de agua. La CNDH estableció determinar la responsabilidad por actos u omisiones en la prestación del servicio, vigilar que la relación con los usuarios del servicio público del agua potable no se condicione a pactos, usos o costumbres en agravio de los mismos y mandó iniciar un procedimiento administrativo de investigación en contra del presidente municipal.

También destaca le falta de respuesta a la solicitud de apoyo para la construcción de un depósito de agua, señalando como responsable al presidente municipal de General Felipe Ángeles que ejercía gestión en 2013, por lo que se determina actuar conforme a la ley, brindar capacitación relativa al respeto y protección de los derechos humanos establecidos principalmente los relacionados con la legalidad y seguridad jurídica, rendir oportuna y puntualmente informes solicitados por el organismo público de derechos humanos y abstenerse de convalidar actos contrarios a la ley y los derechos humanos.

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