Artículo noveno del decreto señala que toda infracción a las medidas restrictivas acordadas será sancionada
El pasado viernes entraron en vigor las sanciones que el Consejo Estatal de Salud (CES) aprobó tras la publicación en el Periódico Oficial del Estado (POET) del Decreto sobre las medidas extraordinarias para contener contagios del virus Covid-19 en Tlaxcala.
Según el acuerdo, las autoridades locales clausurarán temporalmente los establecimientos que no cumplan con las medidas extraordinarias y clausura total para los negocios que reincidan. Estas medidas entraron en vigor un día después de su publicación en el POET el pasado 9 de septiembre.
El decreto señala que es obligatorio para los transeúntes el uso correcto del cubrebocas en todo momento; para el sector público, trabajarán las oficinas de gobierno y en las escuelas las actividades escolares se llevarán a cabo preferentemente al aire libre y en el transporte público se permitirá el aforo del 50 por ciento.
Incluso el artículo noveno del decreto señala que toda infracción a las medidas restrictivas acordadas será sancionada en el ámbito de su competencia.
Como ya lo había dado a conocer el CES el pasado jueves, las medidas extraordinarias para el sector privado son aforo del 50 por ciento en plazas, centros comerciales, supermercados, tiendas departamentales, incluyendo áreas de comida rápida que operarán de lunes a domingo y deberán cerrar a las 21:00 horas.
Mismo aforo de 50 por ciento en restaurantes, cafeterías, loncherías, cocinas económicas y taquerías con cierre obligatorio a las 22:00 horas; ocupación del 70 por ciento en hoteles, del 40 por ciento en gimnasios, clubes y eventos deportivos, y 30 por ciento en actividades culturales, templos, museos y eventos religiosos.
Aforo del 40 por ciento en parques y de 30 por ciento en eventos sociales, tianguis y mercados. Por su parte, queda suspendido hasta nuevo aviso el funcionamiento y operación de centros nocturnos, bares, antros, karaokes, salones de fiesta y balnearios.
Este septiembre se cancelan y prohíben ferias, bailes y verbenas populares (con juegos mecánicos y otros), eventos masivos, fiestas patrias y fiestas conmemorativas hasta nuevo aviso.