Los cambios a la ley buscan incluir a conductores de plataformas de transporte; el Congreso de Jalisco ofrece cursos sobre estos depósitos.

Las personas físicas que reciban depósitos superiores a 5 mil pesos al mes, se verán obligadas a declarar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) el origen de dichos recursos.

Las modificaciones a las leyes fiscales contemplan que los conductores de plataformas electrónicas de transporte o venta de alimentos están obligados a declarar sus ingresos de este tipo, de acuerdo con Jonadab Martínez, diputado de Movimiento Ciudadano en Jalisco.



Por ello, el congreso de dicho estado ofrecerá cursos para que todos los contribuyentes, y en especial los choferes de plataformas como Uber o DiDi puedan declarar sus ingresos.

«Cualquier persona que recibe dinero a través de cuentas bancarizadas […] si superan un cierto momento como depósito en esas cuentas, van a tener que declarar fiscalmente, y si no declaran fiscalmente, tendrán consecuencias legales, no solo administrativas y penales, porque se considera evasión de impuestos“, afirmó el legislador local.

Martínez detalló que los choferes y repartidores de comida son incluidos dentro de la tributación debido a las modificaciones a tres artículos: 113 a, 113 b, y 113 c, de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Agregó que las plataformas harán las retenciones correspondientes respecto al impuesto anual.

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