La segunda recomendación quedó asentada con el número 3/2020.


La Comisión Estatal de Derechos Humanos emitió una recomendación a los integrantes del Cabildo del Ayuntamiento de San Juan Totolac, por Violaciones al Derecho a la legalidad y seguridad jurídica, y otra más, para el Presidente Municipal, Giovanni Pérez Briones, por Violaciones al Derecho a la legalidad y Seguridad jurídica, Violaciones al Derecho a la Libertad Personal y por Violaciones al Derecho a la Integridad y Seguridad Personal.

La primera recomendación, con número de oficio 02/2020, se dirigió por faltas al principio de legalidad en el desempeño de la función pública y que, de acuerdo a los hechos sucedidos, por un quejoso y ex-empleado jubilado del Ayuntamiento de Totolac, se duele de que, por instrucciones del Presidente Municipal, sin mediar procedimiento alguno, ordenó la suspensión del pago de su pensión por jubilación, siendo el único sustento con el que cuenta para su manutención.

En este sentido, y con base a las investigaciones que realizó la Primera Visitaduría de estos hechos, se recomendó acatar los siguientes puntos: Primero, Instruya al Órgano Interno de Control del Ayuntamiento, a fin de que proceda a la investigación, sustanciación y calificación de las faltas administrativas, en que incurrió el servidor público; Segundo, Disculpa Pública dirigida al quejoso; Tercero, Dar inicio a los procedimientos administrativos internos respectivos a fin de reintegrar los pagos faltantes por la jubilación del quejoso; Cuarto, Se instrumenten y ejecuten cursos de capacitación, platicas o talleres al servidor público, personal administrativo y demás personal del Ayuntamiento.

La segunda recomendación quedó asentada con el número 3/2020, y señala como autoridades responsables, al Director y Oficial de la Dirección de Seguridad y Vialidad Pública del Municipio de San Juan Totolac, quien, de acuerdo a las investigaciones y a los hechos sucedidos, el quejoso fue detenido por un oficial de la Policía Municipal, quien lo golpea, le quieta la cartera con $ 10,000.00, arroja las llaves de su camioneta y se retira, posterior, el quejoso acude a la Dirección de Seguridad Pública, se entrevista con el Director, quien fue omiso y no regresan la cartera al quejoso.

Por tales hechos y de acuerdo a las investigaciones realizadas por la Primera Visitaduría, se determinó que violaron los Derechos a la Legalidad y Seguridad Jurídica, el Derecho a la libertad personal y el Derecho a la Integridad y Seguridad Personal, mismos que fueron fijados por las cámaras de video vigilancia del Centro de Control, Comando, Comunicación y Computo de la Comisión Ejecutiva del Sistema Estatal de Seguridad Pública.

En tanto, se determinaron los siguientes puntos de recomendación: Primero, se instruya al Órgano Interno de Control del Ayuntamiento, a fin que proceda a la investigación, sustanciación y calificación de las faltas administrativas, en que incurrieron los Servidores Públicos, así como, al Consejo de Honor y Justicia Policial; Segundo, disculpa Pública dirigida al quejoso; Tercero, dar inicio a los procedimientos administrativos internos respectivos a fin de restituir al quejoso de manera económica por el dinero faltante; Cuarto, se instrumenten y ejecuten cursos de capacitación, platicas o talleres a los Servidores Públicos vinculados a la recomendación y demás personal del Ayuntamiento.

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