La sumisión química ha sido utilizada principalmente contra las mujeres, para abusar sexualmente de ellas y esta medida abona al combate de estos delitos, dijo la diputada Aurora Sierra.
El Pleno de la LXI Legislatura del Congreso de Puebla aprobó diversas reformas al Código Penal para establecer sanciones a quienes cometan abuso sexual, violación, hostigamiento y acoso sexual por sumisión de la víctima al haberle suministrado alcohol, fármacos, narcóticos o sustancias tóxicas.
En su intervención, la diputada Aurora Sierra Rodríguez expuso que este delito es conocido como sumisión química, y ocurre cuando, después de la ingesta de sustancias, la víctima se ve disminuida en su capacidad para identificar una situación de peligro o resistirse a la agresión. Dijo que la sumisión química ha sido utilizada principalmente contra las mujeres, para abusar sexualmente de ellas y esta medida abona al combate de estos delitos.
En cuanto a las reformas a la fracción II del artículo 261, por el delito de abuso sexual ante la sumisión de la víctima, la sanción será de seis a 13 años de prisión y multa de 500 Unidades de Medida y Actualización.
Con la reforma al artículo 272, si se comete violación ante la sumisión química de la víctima, se impondrá al autor del delito de 10 a 40 años de prisión y multa de 120 a mil 200 Unidades de Medida y Actualización.
Mientras que, con las reformas al artículo 278 sexies del Código Penal, por el delito de hostigamiento sexual bajo la sumisión química de la víctima, se le impondrá al responsable de seis a 10 años de prisión y multa de 100 a 500 Unidades de Medida y Actualización. Por el delito de acoso sexual, se le impondrá de uno a tres años de prisión y multa de 100 a 500 Unidades de Medida y Actualización.