Y declara inoperante el agravio denunciado por Douglas Yescas en su carácter de primer regidor del ayuntamiento de Ixtacuixtla
Al no existir impugnaciones por resolver derivadas de las elecciones locales extraordinarias llevadas a cabo en 2021, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) declaró por concluido el proceso electoral local extraordinario 2021, por lo que ordenó dar cuenta al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) para los efectos correspondientes.
En tal sentido, el magistrado presidente del TET, José Lumbreras García, dio instrucciones para dar cuenta de lo anterior al ITE para los efectos correspondientes.
Cabe recordar que el pasado 25 de diciembre de 2021, el Pleno confirmó la validez de la elección extraordinaria de titular de la presidencia de comunidad en Tepuente, municipio de Nanacamilpa, en la que resultó electa la fórmula propuesta por el Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), encabezada por Aurelio Lara Hernández.
Con ello, fue confirmado el acuerdo ITE-CG-326/2021, aprobado por el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones, por el que se efectuó el cómputo de resultados y declaratoria de validez de la elección extraordinaria en esa comunidad.
Por otra parte, y después de reencausar el asunto general 494/2021 a juicio de protección de los derechos político-electorales del ciudadano, el Pleno del TET determinó sobreseer parcialmente el expediente y declarar inoperante el agravio denunciado por Douglas Yescas Garibay en su carácter de primer regidor del ayuntamiento de Ixtacuixtla.
Lo anterior, en razón de que la transgresión aducida se trata de un hecho consumado de imposible reparación, pues resulta inviable ordenar a ese ayuntamiento volver a realizar todas y cada una de las sesiones de cabildo en las que no convocó el ahora ex presidente municipal, Rafael Zambrano Cervantes, durante el año 2021, y en las que se trató lo referente a la distribución del presupuesto de egresos aprobado para el ejercicio fiscal de este año.
También resolvió que no se actualizan los elementos necesarios de violencia política en razón de género y discriminación en contra del ex alcalde Rafael Zambrano Cervantes. Ello, porque ha sido criterio de Sala Superior del TEPJF que para actualizar la existencia de la violencia política por razón de género, las conductas realizadas deben estar dirigidas a una mujer y que la afectación que se produzca sea por el motivo de ser mujer, elementos que no se actualizaron en el expediente.