La cuenta pública del Congreso del Estado debe ser analizada por el Órgano de Fiscalización Superior (OFS) para la entrega de un informe.
A dos semanas de que venza el plazo constitucional de la LXIII Legislatura, los diputados locales alistan la aprobación de su cuenta pública correspondiente al periodo de enero a agosto de este 2021, a pesar de que no ha cerrado el Ejercicio Fiscal en curso.
Sobre el tema, la presidenta de la Comisión de Finanzas y Fiscalización de la actual Legislatura, Luz Guadalupe Mata Lara argumentó que las y los diputados coincidieron en que los recursos que ejercieron en los últimos ocho meses de su gestión estaban programados y deben ser comprobados, motivo por el cual están por presentar el dictamen correspondiente para presentarlo ante el Pleno del Congreso local para su aprobación.
Lo anterior lo están trabajando las y los diputados a pesar de que no se ha cerrado el último periodo constitucional de la actual Legislatura, no obstante en estas dos semanas deberán avanzar para poder dejar aprobados los estados financieros de los últimos ocho meses.
Sin embargo, la cuenta pública del Congreso del Estado debe ser analizada por el Órgano de Fiscalización Superior (OFS) para la entrega de un informe como parte del proceso de análisis de los estados financieros del Poder Legislativo local.
Sobre ese proceso la diputado local mencionó que “ya estamos en pláticas y preparación para el documento que debamos presentar para entregar públicamente nuestra cuenta, tuvimos una plática con la auditora Isabel Maldonado Textle y están muy ocupados pero tendrán que buscar la oportunidad para poder rendir un informe de nuestra cuenta, de los dos primeros trimestres y hasta el 15 de agosto, nosotros dejamos cerrado hasta el último día que nos vamos de aquí, nosotros nos vamos el 29 de agosto”.
A las y los integrantes de la próxima Legislatura les corresponderán los estados financieros de los últimos cuatro meses del Ejercicio Fiscal 2021.
La Constitución Política del Estado de Tlaxcala establece que el Congreso del estado tiene la facultad de dictaminar anualmente las cuentas públicas de los poderes, municipios, organismos autónomos y demás entes públicos fiscalizables, basándose en el informe que remita el Órgano de Fiscalización Superior. La dictaminación deberá efectuarse a más tardar el 31 de agosto posterior al ejercicio fiscalizado.
En el año de elecciones para la renovación del Poder Ejecutivo, la fecha límite para la dictaminación del periodo enero-septiembre de ese año será el 15 de diciembre, mientras que el trimestre restante octubre-diciembre se sujetará al periodo ordinario de presentación y dictaminación.