El pasado 20 de marzo el partido publicó un tuit alusivo a la inoculación por parte del Gobierno federal, mensaje que fue borrado después.
Por atribuirse indebidamente la campaña de vacunación contra la COVID-19, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) multó a Morena por 268 mil 860 pesos.
“Se determinó que Morena incurrió en una infracción al atribuirse de forma indebida el programa social de vacunación contra el COVID-19, hecho por el cual se le impuso al partido una multa que asciende a 268 mil 860 pesos”, informó este miércoles, 16 de junio.
#Infografía | El 20 de marzo de 2021, a través de Twitter, Morena emitió un mensaje relacionado con la campaña de vacunación contra COVID-19.
¿Qué determinó la Sala Superior del #TEPJF?? pic.twitter.com/rUfRi28OeO
— TEPJF (@TEPJF_informa) June 17, 2021
El TEPJF determinó que el partido político del que es líder nacional Mario Delgado “cometió una infracción”, al difundir un mensaje alusivo a la inoculación implementada por parte del Gobierno federal en el marco de la campaña de los comicios del 6 de junio.
Dicho enunciado fue publicado en la cuenta de Twitter de Morena el pasado 20 de marzo, el cual rezaba: “Por eso distribuimos y aplicamos la vacuna contra el COVID-19 de manera gratuita para todas y todos”.
Cabe mencionar que el mensaje fue borrado, por lo que Morena argumentó que eran insuficientes las pruebas para poder acreditar la infracción, pero se halló el tuit denunciado en 16 cuentas de Twitter, en las que se advierte que efectivamente el mensaje existió, y en todos ellos se podía apreciar la marca que correspondía a la cuenta oficial y verificada del partido denunciado.
Además, el partido político en cuestión sostuvo que la “vista ordenada a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE)” genera perjuicio en contra de su organización, ya que supuestamente afecta el principio de presunción de inocencia.
El hecho de que #Morena difunda mensajes con frases como “Por eso distribuimos y aplicamos la vacuna contra el COVID-19 de manera gratuita para todas y todos”, es violatorio a la constitución (HILO) pic.twitter.com/4OxwgjdyYN
— CitaTextual (@citatextualnews) March 23, 2021
En este sentido, el Tribunal “determinó que resulta inoperante el argumento sostenido por el partido, relativo a que la vista ordenada a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE) les genera perjuicio, ya que supuestamente afecta el principio de presunción de inocencia”.
Lo anterior, “no constituye una sanción ni un acto de molestia, pues la fiscalía tiene total y plena libertad para investigar en el ámbito de sus atribuciones la comisión de posibles infracciones a la normativa electoral”, explicó el órgano.