Se creará el «Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis», mismo que otorgará, modificará, renovará, suspenderá o revocará licencias.


La Cámara de Diputados aprobó hoy con 316 votos a favor y 129 en contra la Ley Federal para la Regulación del Cannabis que regula el cultivo, la producción, el consumo, la distribución, la industrialización y la venta de la marihuana para consumo personal, es decir, lúdico o recreativo, da inicio a un mercado multimillonario que ya es disputado por grandes empresas.

El debate duró más de cuatro horas y en el también se reformaron la Ley General de Salud y el Código Penal Federal, esto puso fin a un proceso que la Suprema Corte de Justicia comenzó en 2018, al fallar a favor de consumidores que habían interpuesto un amparo para poder usar cannabis con fines personales. Con la aprobación de esta nueva Ley, México se convierte en el tercer país del mundo, detrás de Uruguay y Canadá, en regular por completo el mercado de la marihuana.

Las organizaciones de usuarios de cannabis consideran que la nueva ley tiene un enfoque predominantemente comercial y no de derechos humanos, lo que era su premisa al exigir la regulación. La queja principal se centra en el mantenimiento de la criminalización de los consumidores, ya que la nueva normativa impone penas si se superan los topes establecidos para el autocultivo y la posesión de la planta.

Esta nueva regulación está compuesta por 55 artículos, donde se establece que a partir de ahora, el cannabis y sus derivados están autorizados en México para adultos que los quieran consumir con fines personales; en uso compartido en asociaciones civiles (lo que en Uruguay llaman clubes cannábicos); así como para la comercialización y su producción industrial.

¿Qué dice la nueva Ley?

  • Los mayores de 18 años no podrán consumir frente a menores u otras personas que no manifiesten expresamente su consentimiento.
  • En ningún caso estará permitida la publicidad de la marihuana.
  • Las Asociaciones de consumidores deberán constituirse con un mínimo de dos y un máxima de 20 personas, todas mayores de edad. Podrán sembrar; cultivar, cosechar, aprovechar, preparar y consumir.
  • El tope de siembra es de cuatro plantas de cannabis psicoactivo por persona asociada al año. No se podrá pertenecer a más de una Asociación por persona.

Con respecto a la comercialización, sólo será en establecimientos autorizados, y no podrán vender más de 28 gramos por día a la misma persona. Por otra parte, las licencias con fines industriales serán de cinco tipos: para el cultivo (adquisición de semilla o plántula, siembra, cosecha y preparación), transformación (fabricación y producción), comercialización (distribución y venta al público), exportación o importación (incluye el ingreso a México de cannabis no psicoactivo o productos elaborados, pero cumpliendo normas y tratados internacionales para precisar destino u origen) e investigación.

Creación del «Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis»

El órgano será desconcentrado de la Secretaría de Salud,  coadyuvará en la determinación de las políticas públicas y ejes centrales del control sanitario del cannabis y sus derivados; otorgará, modificará, renovará, suspenderá o revocará licencias.

Leer más: https://actualidad.rt.com/actualidad/385986-historico-mexico-legaliza-marihuana-resquebraja Fuente: RT

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