Con el fin de que el Proceso se lleve a cabo de forma segura y alentar la participación ciudadana, se privilegiará ante todo la aplicación de protocolos de seguridad e higiene en cada etapa del proceso electoral, para proteger la salud.
En estricto apego a los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, paridad y objetividad quedó legalmente instalado el Consejo Local del Instituto Nacional Electoral en el estado de Puebla, acto con el que este órgano colegiado se incorpora al Proceso Electoral 2020-2021 en la entidad.
Con el fin de que el Proceso se lleve a cabo de forma segura y alentar la participación ciudadana, se privilegiará ante todo la aplicación de protocolos de seguridad e higiene en cada etapa del proceso electoral, para proteger la salud de las y los ciudadanos que fungirán como funcionarias y funcionarios de mesa directiva de casilla, a las y los votantes, al personal del Instituto, a quienes forman parte de sus órganos colegiados y, en general, a todos los actores que participan en este proceso y así garantizar el derecho al voto de todas las personas en capacidad de hacerlo.
En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 14, párrafo 1; 65, párrafo 1, y Noveno Transitorio de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el día 03 de noviembre de 2020 a las 11:20 horas, fue legalmente instalado el Consejo Local del Instituto Nacional Electoral en el estado de Puebla, acto con que dieron inicio las actividades del Proceso Electoral 2020-2021 en la entidad.
Entre las facultades y competencia de los Consejos Locales se encuentran vigilar que los consejos distritales se instalen en la entidad en los términos de Ley, velar por la observancia de las disposiciones de la Ley Electoral y del Reglamento de Elecciones, y adoptar las medidas a que hubiere lugar con el fin de asegurar a los Partidos Políticos y sus candidaturas el pleno ejercicio de sus derechos en la materia; solicitar y recibir oportunamente de las Juntas Locales y Distritales la información necesaria para el adecuado cumplimiento de sus atribuciones y acreditar a las y los ciudadanos mexicanos como Observadores Electorales.