Además podrían recibir una multa de 20 a mil días de salario mínimo, es decir, de los mil 737 pesos y hasta los 86 mil 880 pesos.
Hasta con dos años de cárcel y multa económica de 86 mil 880 pesos podrán ser sancionados aquellas personas con Covid-19 que contagien de manera dolosa a alguna otra en Puebla.
Fue el consejero jurídico estatal, Ricardo Velázquez Cruz, quien señaló en el Código Penal del Estado existe un delito denominado “Enfermedades de Transmisión por Contagio Voluntario” que sanciona la propagación dolosa de cualquier enfermedad.
En el artículo 213 del Capítulo Sexto denominado “Peligro de Contagio y Propagación de Enfermedades” se señala que aquella persona que sabiendo que padece un mal venéreo o cualquier otra enfermedad crónica o grave que sea transmisible por vía sexual o por cualquier otro medio directo, ponga en peligro de contagio la salud de otra persona, se le impondrá prisión de 30 días a 2 años y multa de 20 a mil días de salario mínimo, es decir, de los mil 737 pesos y hasta los 86 mil 880 pesos.
En tanto, el articulo 214, refiere que cuando la persona presente lesiones o manifestaciones externas de trastornos fácilmente perceptibles se presumirá el conocimiento de la enfermedad.
Dicha medida sería aplicable a quienes no acaten el decreto que emitió el gobierno encabezado por Luis Miguel Barbosa Huerta que establece la suspensión temporal de actividades sociales y públicas como medida para evitar la propagación de contagios comunitarios de Covid-19.
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