Las enfermedades como el cáncer implican además de un precio emocional y físico, un tratamiento altamente costoso.
La Secretaría de Salud (SSA) deberá entregar la información sobre los costos de medicamentos para tratar el cáncer, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
En sesión del Pleno, el Comisionado Joel Salas Suárez informó que un particular solicitó a la Secretaria de Salud (SSA) documentos sobre empresas proveedoras, pagos, costos y número de unidades compradas de Pembrolizumab (keytruda) en 2018 y 2019 para cada institución de salud.
“Las enfermedades como el cáncer implican además de un precio emocional y físico, un tratamiento altamente costoso. Sin ayuda del sistema de salud pública la mayor parte de los pacientes y sus familias difícilmente podría costearlos. De ahí que sea importante la información sobre su abastecimiento en hospitales públicos”, puntualizó Salas Suárez.
En respuesta, la dependencia proporcionó un vínculo electrónico para la información de algunos hospitales en CompraNet, declaró inexistencia para otros y aclaró que los hospitales descentralizados tienen su propia unidad de transparencia, lo que motivo la inconformidad del particular, que recurrió al INAI.
“Ante la reforma al sistema de salud que emprende la Administración Federal actual y a la cual se pueden sumar las autoridades estatales, es altamente probable que las demandas de información ante el INAI crezcan. Este instituto debe velar porque sea atendida de forma cabal y oportuna la demanda de información, el derecho de acceso es un derecho llave que puede ayudar a las personas a ejercer un derecho fundamental como es el derecho a la salud”, subrayó el Comisionado Salas Suárez.
En el análisis del caso se comprobó que la Secretaría de Salud no turnó la solicitud a las áreas administrativas que podrían ser competentes para atender; sugirió al particular la consulta en CompraNet sin dar indicaciones para la búsqueda; y atendió la solicitud literalmente, cuando la denominación correcta del medicamento es Pembrolizumab (Keytruda).
Por ello, el pleno del INAI determinó revocar la respuesta de la SSA y le instruyó realizar una búsqueda con un criterio amplio y exhaustivo en las respectivas unidades administrativas y hospitales para proporcionar documentos, órdenes de pago y contratos sobre compra de Pembrolizumab (Keytruda) para cada institución de salud.