Entre las modificaciones destaca un cambio de modelo en cuanto a cómo Profeco registra a los usuarios que quieren o no llamadas promocionales.


El pasado 29 de octubre senadores aprobaron reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros y la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para que decidas si deseas recibir información promocional de las Instituciones Financieras o los Call Center.

Entre las modificaciones destaca un cambio de modelo en cuanto a cómo Profeco registra a los usuarios que quieren o no llamadas promocionales.

Aunque ya existía el Registro Público para Evitar Publicidad (REPEP), al que los usuarios se registraban cuando querían recibir llamadas de bancos y operadoras así como otros servicios, ahora, quienes quieran sobre lo anterior, deberán darse de alta en otro registro que Profeco construirá. Además, las llamadas deberán ser efectuadas en un horario de 8 de la mañana a 7 de la noche y de lunes a viernes, pero no en días festivos.

De acuerdo con el dictamen, quienes decidan sobre este tipo de promocionales podrán enviar por escrito o correo electrónico, de forma gratuita, su petición a la Procuraduría Federal del Consumidor. Se prevé, para quienes incurran en el envío de publicidad sin el consentimiento del usuario, una multa de dos mil a 60 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, es decir, de 783.95 pesos a tres millones 66 mil 55.98 pesos a las instituciones incurran en esta medida.

En lo particular, el Senado aceptó con 86 votos a favor, las reservas presentadas por la senadora Imelda Castro Castro, de Morena, donde se precisa que al inicio de este tipo de llamadas se deberá hacer mención del nombre completo de la Institución Financiera que la efectúa indicando que es una llamada publicitaria.

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