En lo particular, se pusieron a discusión y análisis para su dictaminación, diversos artículos y fracciones de las Leyes mencionadas, con la finalidad de enriquecer las Iniciativas del Ejecutivo.


Las y los legisladores integrantes de las Comisiones Unidas de Procuración y Administración de Justicia y de Igualdad de Género aprobaron por unanimidad en lo general, reformas a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres la Ley para Prevenir y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Victimas de estos delitos, así como el Código Civil y el Código Penal del Estado, enviadas por el Ejecutivo del Estado.

El propósito, fortalecer el marco jurídico para enfrentar y revertir la violencia contra las mujeres, con una visión estructural y de mediano plazo en la prevención, atención sanción y erradicación de ésta, en todos sus tipos.

De igual manera, pretende coadyuvar en las acciones para dar respuesta a las medidas de prevención, seguridad y justicia relacionadas con la declaratoria de Alerta de Violencia de Género, en 50 municipios de la entidad, que permita garantizar la seguridad de mujeres y niñas, el cese de la violencia en su contra, así como evitar la desigualdad producida por el agravio de los derechos humanos.

Las reformas a los ordenamientos legales, tiene los siguientes propósitos: En Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla se pretende reforzar los principios de igualdad y no discriminación, adecuando el contenido las disposiciones de la Constitución Federal. Adicionar la violencia política como una modalidad específica de violencia, estableciendo las facultades de las autoridades para su prevención y atención.

Fortalecer y ampliar las descripciones de las distintas modalidades de violencia contra las mujeres, así como definiciones que antes no existían en la Ley como la de hostigamiento y acoso, así como la actualización de las denominaciones de las Secretarías, conforme a la nueva Ley Orgánica, entre otros.

En lo que respecta a la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, se refuerzan las medidas de igualdad y avance de las mujeres, eliminando la participación del Instituto Poblano de las Mujeres, para fortalecer y transferir las facultades a la nueva Secretaría de Igualdad Sustantiva.

Se subraya la importancia para que la política estatal desarrolle las acciones para alcanzar los objetivos que marca el rumbo de la igualdad entre mujeres y hombres, con objetivos y acciones específicas.

Con relación a la Ley para Prevenir y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Victimas de estos delitos, se propone incorporar como principio rector de la Ley, el derecho a la reparación del daño agregar en su glosario las definiciones de abuso de poder, daño grave o amenaza de daño grave, asistencia y protección a las víctimas, informante, ofendido, publicidad ilícita, publicidad engañosa, y testigo.

Asimismo, fortalecer las acciones tendientes a desarrollar la prevención del delito, de trata de personas, para lo cual se contemplan la obligación de coordinación, la implementación de medidas educativas, sociales y culturales, la atención con especial énfasis a las localidades aisladas y zonas urbanas que se hayan identificado como aquellas de mayor incidencia en este delito.

De igual manera la implementación de acciones de asistencia, ayuda alimentaria, campañas de salud, educación, vivienda y demás tendientes a contrarrestar las condiciones sociales que inciden en aumentar el riesgo de victimización del delito de trata de personas.

Prever con mayor precisión la colaboración de organizaciones no gubernamentales y diversos sectores de la sociedad, y actualizar la denominación de las dependencias auxiliares de la administración pública estatal que integran la Comisión Interinstitucional para la prevención y erradicación de los delitos de trata de personas y para la protección y asistencia de sus víctimas, entre otros.

Finalmente, en las reformas al Código Civil y Penal del Estado de Puebla, se establecen modificaciones complementarias a estos códigos en congruencia con las otras reformas y con la política progresiva que este gobierno ha adoptado en materia de igualdad entre hombres y mujeres para la erradicación de la violencia de género en contra de las mujeres.

En lo particular, después de más de siete horas de análisis, se pusieron a discusión para su dictaminación, diversas artículos y fracciones de las Leyes mencionadas, que fueron reservados con la finalidad de enriquecer y, en su caso, modificar las Iniciativas del Ejecutivo del Estado, por parte de las y los diputados Rocío García Olmedo, Vianey García Romero, Carlos Alberto Morales Álvarez, Nora Merino Escamilla, María del Carmen Saavedra, Marcelo García Almaguer, María del Carmen Cabrera Camacho, Gabriel Biestro Medinilla y Uruviel González Vieyra

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