En México, solo una de cada 10 empresas cumple términos y obligaciones con respecto al pago de utilidades.
En mayo, trabajadores de empresas, sindicalizados, de confianza, e incluso subcontratados, deben recibir utilidades, de lo contrario la autoridad federal impondrá a los propietarios, que hayan reportado ganancias en el último año fiscal, multas económicas que van desde los 21 mil 122, hasta los 422 mil 450 pesos por cada trabajador afectado.
Así lo señaló, Óscar Guevara García, coordinador de la comisión representativa ante organismos de seguridad social del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Puebla, quien destacó que la Comisión Mixta es la única facultada para determinar el monto de las utilidades a repartir y no la empresa o sindicato, en caso de contar con alguno.
Explicó que aunque no se hayan generado utilidades, las empresas tuvieron que haber conformado dicha Comisión Mixta antes del 10 de abril, pues de no haber realizado el proceso administrativo, los patrones son susceptibles de sanciones económicas que van de las 250 a 5 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) es decir de 21 mil 122, a los 422 mil 450 pesos por trabajador.
En caso de no recibir su pago por concepto de utilidades, el experto recomendó a los trabajadores recurrir a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para que ésta realice una visita extraordinaria y le exija al administrador de la empresa la documentación sobre su declaración fiscal 2018.
Y es que, aseguró que sólo dos de cada 10 juicios laborales que reclaman el pago de utilidades ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje obtienen una resolución favorable para los trabajadores.
Asimismo, señaló que tan solo una de cada 10 empresas en México, cumple términos y obligaciones con respecto al pago de utilidades; además que 8 de cada 10 brindan el pago de un «incentivo«, aunque éste no sea el real.